Se condena en sentencia de juicio de faltas a pagar 1 mes, 4€/día y a indemnizar a la víctima en 402,2€. en el juicio aporté documentos acreditativos de que el acusado no trabaja y que no hace declaración de la renta por falta de ingresos.
Quisiera fraccionar el pago de todo. Se que la pena de multa puedo porque lo permite el art. 50.6 CP., entonces: ¿Solicito yo el pago fraccionado sin esperar a la ejecución de oficio, y en ese caso pongo yo la cantidad que pago cada mes?
¿puedo pedir el pago fraccionado de la indemnización civil, lo pido a la vez que el de la multa, pongo yo también la cantidad a ingresar cada mes?
Por favor ¿alguien me puede contestar si se puede fraccionar la condena de indemnización por responsabilidad civil y si tengo yo que marcar la cantidad a pagar en el fraccionamiento en un escrito de proposición?
Efectivamente, el tribunal, por causa justificada, podrá autorizar el pago de la multa dentro de un plazo que no exceda de dos años desde la firmeza de la sentencia, bien de una vez o en los plazos que se determinen. En este caso, el impago de dos de ellos determinará el vencimiento de las restantes.
En cuanto al pago fraccionado de la responsabilidad civil, no creo que tengas tampoco ningún problema, pero yo creo que se debería de dar traslado de la solicitud a la parte contraria (Ministerio Fiscal o acusación particular si la hubiere), para que se pronuncien sobre si aceptan o no el pago fraccionado y, en su caso, con o sin intereses.
Lo puedes solicitar ya sin esperarte a la ejecución de oficio. Simplemente solicita una concesión de pago aplazado, haz un esquema de en cuantas cuotas vas a pagar y durante qué meses y haz el primer ingreso ya y aporta con el escrito justificante de ingreso.
En tales casos, normalmente, suelen conceder ese fraccionamiento. No hagas cuotas muy pequeñas ni más allá de dos años.