Esto último que dice el Sr. Satanete, es de suma importancia, ya que el que ejerce la subasta, se puede quedar con el bien y, en vez de 200 le puede costar 50.., el otro inquilino podría vivir con solo una mitad....? Ya que si esto me ocurriera ami,dividiría con una pared por la mitad y, haber que pasaba. Muy complicado.... Más vale pagar la deuda y olvidarte ya que si no se zanja su totalidad de la misma con el embargo, pueden estar detrás de ti toda tu vida, hasta recuperar la deuda en su totalidad.
Es mi opinión.Saludos
Me adjudico una mitad indivisa de un piso que vale, digamos cien, me la adjudico por una cantidad pequeña, 25, tengo la mitad de cien por 25, el resto... a dividir. Hay gente que se dedica a eso.
pero si al propietario no ejecutado le afecta también una situación de copropiedad con un ajeno, debería una forma de que ambas mitades se integrasen en una misma ejecución, sin perjuicio de que el otro propietario pueda tener un derecho de adquisición preferente o algo así. Esta claro, se le ha de dar la posibilidad de personarse y alegar lo que su derecho convenga, pero si el copropietario no quiere/puede adquiri la mitad del deudor, tampoco debe significar el fracaso de una posible ejecución pienso yo.
Porque está claro nadie tiene obligación de permanecer en situación de copropiedad y el adjudicatario claro que podría instar la división de cosa común después, pero quien en sus sanos cabales subasta una mitad indivisa de un piso, más cuando probablemente el otro cotitular viva en esa casa?
Si realmente fuese así, la copropiedad sería la solución ideal para toda pareja (con división de bienes claro) que incurre en riesgos economicos pues si a uno le ejecutan su mitad el otro siempre podrá adquirila por casi nada en subasta porque nunca habrá un licitador que puje en su contra. Una casa que vale 200, le ejecutan a uno cuyo unico bien es la mitad de esa casa, pues en la subasta el unico posible pujador sería la pareja que por maximo 30 "salvaría el bien" mientras que el acreedor no tiene la mas minima posibilidad de que se satisficiese la deuda salvo en una muy modica cantidad.
Esta claro que en subastas los bienes no alcanzan grandes valores de mercado, pero si solo sale a subasta una mitad de un bien indivisible la ejecución se vuelve una verdadera pantomima sin sentido.
Bueno, y no vas a encontrar base para tu útil opción porque va en contra de todos los principios básicos del proceso. El contenido de la sentencia, y por tanto la ejecución, no puede afectar a quien no es parte en el proceso. Y si solo se discutió sobre los bienes de uno de los copropietarios, el otro no puede verse afectado en lo más mínimo. Faltaría más...
Tal y como dice Satanete, cuando se lo adjudiquen, y basado en su derecho de copropiedad recién adquirido (y no en una ejecución), que insten la división. No antes.
seguro? porque quien quisiera subastar una mitad indivisa de un piso con los problemas que eso conlleva en cuanto a como arreglar la posesión (más siendo muchas veces la pareja del ejecutado la propieria de dicha mitad indivisa). Sería inmensamente gravoso para cualquier licitante adquirir un bien con litigio de posesión y de división de cosa común incluido, razón por la cual esta opción me parece poco util. El problema es que tampoco encuentro base para lo contrario
Tengo varias ejecuciones y la unica propiedad del deudor en ellas es una mitad indivisa de un piso/casa/terreno/etc.
La cuestión es que no sé muy bien como funciona la realización del bien. Se lleva a subasta la integridad del bien si no es divisible (piso, casa) el copropietario se lleva la mitad o únicamente se lleva a subasta la mitad indivisa del ejecutado?
Alguien me puede echar un cable?