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Ejecucion hipotecaria de la nuda propiedad de un bien

4 Comentarios
 
08/07/2009 17:56
Si de acuerdo pero a la persona que le están notificando mal, no lo va a hacer y la persona a la que están ejecutando la hipoteca tampoco, por lo que será el ejecutante el que tienes que instar tal rectificación. Un saludo.
08/07/2009 13:03
En tal caso, habría q proceder a rectificar el registro, en este sentido ver arts. 40 y 212 LH, entre otros aplicables.
07/07/2009 18:32
Gracias. Efectivamente tiene que notificarse. Ocurre que, en el Registro de la Propiedad hay un error sobre el titular del usufructo. Se va a notificar a quien registralmente es usufuctuaria pero, que no lo es en realidad. Ha habido un error por parte del Registro y en la certificación que sirvió para hipotecar el bien, en vez de ponerse que el usufructo vitalicio lo tiene la madre del nudo propietario, (así es la realidad) se puso que lo tenía una hermana. Es decir, desde la constitución de la hipoteca, la certificación con laque se consttuyó esta mal.Un saludo.
03/07/2009 13:25
Yo de ti le echaba un vistazo a los arts. 132 LH y 509.2 CC.
Ejecucion hipotecaria de la nuda propiedad de un bien
29/06/2009 18:12
Cuando se ejecuta una hipoteca de un bien, si sólo está hipotecada la nuda propiedad de ese bien, ¿es preciso notificar la ejecución hipotecaria al ususfructuario? Gracias.