Hola! Necesito vuestra ayuda! Soy abogada novata y tengo un caso en el que hubo un procedimiento contra un asegurado en el que recayó sentencia condenandolo y posteriormente hubo incidente de ejecución forzosa de sentencia civil . Ahora he interpuesto demanda contra la cía de seguros, dado que a fecha de hoy , el demandante no ha cobrado nada. Mi pegunta es: EL procedimiento anterior de ejecución SÓLO frente al ASEGURADO interrumpe la prescripción respecto de la compañía de seguros? Yo entiendo que sí pq son obligados solidarios la aseguradora y el asegurado no?Al haber sentencia condenatoria tendría el plazo del art. 23 ley contrato de seguro ( 2 años) y el del 1968.2 Codigo civil ( 1 año) por responsabilidad extracontractual ( art. 1902cc) no? Que opinais? Si teneis alguna sentencia al respecto, os agradecería que me la pasaseis, pues no encuentro mucho sobre el tema. Sobre todo de si la ejecución sentencia interrumpe la prescripción.
Gracias