Tengo en la mano una sentencia de un Juicio Ordinario en el cual un Ayuntamiento está condenado a pagar 30.0000 €. Nunca se me ha dado el caso, pero me imagino que sus bienes siguen siendo inembargables y tendrán que habilitar una partida o crear un crédito presupuestario para ello una vez que los requiera el Juzgado de Primera Instancia, por analogía con el Procedimiento Contencioso Administrativo. A dicha cantidad habrá que añadirle el interés legal desde la presentación de la demanda, mas éste incrementado en dos puntos desde la sentencia.
Espero vuestros comentarios, sobre todo si sabeis alguna manera de apurar el pago por parte de la Administración Pública.