Ejecutar una sentencia es cumplir lo en ella acordado, esto es hacer realidad los pronunciamientos contenidos en su parte resolutiva o fallo (que no siempre es un acierto) lo dice la lógica, y es parte de la función jurisdiccional según la constitución, aunque esta parte del proceso suele ser menospreciada por los jueces y quienes legislan en la justicia.
actuar de oficio supone que el órgano judicial no debe esperar para actuar, a que una parte interesada le solicite la práctica de unas diligencias, sino que tiene la posibilidad, y en algunos casos obligación, de obrar por propia iniciativa (lo contrario es actuar "a instancia de parte" )
suele darse en procedimientos de familia, al afectarse derechos de sujetos protegidos por disposición legal, como vg. los menores: la protección de sus intereses exige la actuación de los poderes públicos y guía la marcha del proceso, vg se puede acordar la actuación de las entidades de protección del menor ante una situación de desamparo, o requerir documentos, etc....sin que tenga que ser la parte la que lo pida.
Saludos.
Yo no soy abogado, pero parece que aquí están todos muy ocupados con el tema de la custodia de los hijos. Por algo será desde luego, y no estoy en contra de ello en absoluto. Y si se habla tanto es porque, sin duda, tiene que haber mucha injusticia en ese terreno.
Pienso que "ejecutar una sentencia" es llevar a cabo lo que se dicte en dicha sentencia. Y me imagino que existirá un plazo de tiempo entre la fecha en que se dicte y la fecha en que se tenga que ejecutar, a no ser que se interponga algún recurso y que éste se acepte.
En cuanto a lo de "actuar de oficio" ya no lo tengo tan claro. No obstante, pienso que una "actuación oficiosa" es aquella que se encamina por unos cauces distintos de los oficiales o reglamentarios.
Por otra parte, se que un abogado de "oficio" es un profesional subvencioando por el Estado y que asiste sin cobrar a quien lo necesite, siempre que se cumplan los requisitos exigidos para dicha prestación.
Espero haberte ayudado en algo. Y si no, por favor, que lo haga un profesional.