Cuando tras la sentencia en segunda instancia la otra parte sigue sin cumplir el régimen de visitas (tampoco lo cumplió tras la sentencia de primera instancia) se pretende una ejecución de sentencia. Si la parte afectada quiere iniciar un procedimiento de ejecución de medidas, ¿debe solicitar de nuevo otro abogado de justicia gratuita (al que tiene derecho) o se considera que por ser el mismo caso actúa automáticamente como abogado el que lo hizo en primera y segunda instancia?
¿La demanda de ejecución de sentencia se presenta en el mismo juzgado dosnde se conoció inicialmente el caso, o puede exigir la otra parte que se traslade al juzgado donde por mudanza, y desde hace poco tiempo, vive el menor con su custodio?
No. el abogado inicialmente designado va a seguircon la ejecución salvo que hubieran transcurrido ya más de 2 años desde que se dictó la sentencia, en cuyo caso la designa se entenderá caducada, y a través del juzgado el interesado deberá solicitar una nueva designa, o bien alternativamente el abogado que llevaba el caso hasta entonces podrá solicitar una designa derivada a su colegio; así se hace en Cataluña. Un saludo.
Buenas tardes a todos,
en relación a este tema tengo una duda que agradecería si alguien me podria contestar. tengo una persona, madre cercana que en 2012 con abogado privado obtuvo una sentencia referente a una custodia compartida.El menor que actualmente tiene 12 años, psaba semanas alternativas con cada progenitor pero siempre ha estado escolarizado en un centro cercano al domicilio de la madre. hasta hace ppoco ambos progenitores vivian en la misma ciudad a una distancia de unos 17kms. En Cataluña.
El caso es que ahora el padre se ha trasladado a un pueblo a 40km de distancia y que dificulta el cumplir con las llevadas de la menor al colegio. Segun la sentencia deberia el padre haberse comunicado con la madre porque firmaron que si no se ponian de acuerdo la menor se quedaba con el que no se mudaba , en esste caso la madre, y en cualquier caso juntos haber planteado un nuevo plan parental.Comentar que el padre pasa actualmente una pequeña pension a la madre y que sabe a traves de la menor que sus intenciones son dejarle a la menor vivir con ella pero dejar de pasarle la pensión. El caso es que el padre no se ha puesto en contacto con la madre , desde hace 1 mes que se ha mudado, no se lo ha comunicado fehacientemente y ya lleva 1 mes de retraso en pagar la pension.
La madre quiere reclamar la pensión , pero ahora no puede permitirse un abogado y tiene uno de oficio , que se le concedió hará unos 3 meses , y que pidió en aquel momento para hacer una modificacion de medidas, ya que la menor no quiere vivir con el padre ni con la nueva pareja del padre. El caso y disculpad el rollo, aquí viene la pregunta, que en 3 meses se ha entrevistado 1 vez con el abogado sola, otra el abogado habló con la menor y desde mediados de julio el silencio por bandera. Cuando finalmente le contesta el abogado de oficio le comenta 2 cosas, que el proceso de modificacion de medidas sigue su curso y que ya se pondrá en contacto con ella cuando sepa fechas de juicio y que referente a la reclamación de la pensión atrasada via ejecucion de sentencia debe ponerse en contacto con su anterior abogado.¿ esto es así? porque han pasado casi 3 años desde que se dictó la sentencia y además por su situación laboral actual de contratos esporadicos la madre actualmente no puede pagar a ese abogado.¿ puede negarse su actual abogado a reclamar la pensión vía denuncia o lo que sea?
Y lo que es mas importante puede su actual abogado aprovechando que tiene despacho permanante en una población a casi 80kms de la ciudad de residencia de la madre poner impedimentos para entrevistarse con la madre? Lo comento porque se acerca el inicio del curso escolar y la madre no sabe por donde tirar.
Muchas gracias de antemano!