Hace más de seis meses salió la sentencia de la AP por la que se confirmaba la del Juzgado de lo penal por la que se condenaba al autor de un delito de lesiones, entre otras cosas, a no poder acudir al lugar de trabajo de la víctima. Trabajan en la misma empresa y, a la fecha, todavía no hay ejecutoria por lo que el tipo sigue trabajando allí, aunque lo han trasladado a otro departamento.
Mi cliene le tiene miedo de su ex- por lo que me pregunto si sería conveniente instar la ejecución de la sentencia directamente por la acusación, aunque en penal la ejecución se realice de oficio. Gracias