Estoy empezando a ejercer y me asalta una duda. En primer lugar, pido disculpas por si este no fuese el foro correcto para abrir el tema.
En cuanto a mi duda, es la siguiente: Tenemos sentencia firme pero la parte contraria ha recurrido en apelación las costas. ¿Este recurso impide o puede ser motivo de oposición frente a una demanda ejecutiva del resto de pronunciamientos de la sentencia? Al cliente le urge la ejecución (sería una obligación de hacer no personalísimo).
Entiendo que no debería haber ningún problema (como tampoco lo habría en otro caso para una ejecución provisional, por ejemplo), pues son cosas distintas y no veo impedimento legal, pero como buscando por CENDOJ no soy capaz de encontrar una resolución que lo aclare literalmente, me gustaría asegurarme.
En realidad, esta es una pregunta para el foro de derecho procesal, pero te la contestamos igualmente aquí. Esa sentencia ha sido apelada, y por tanto pasará íntegra al tribunal ad quem, para su revisión, aunque solo se haya pedido que se revise una parte del fallo, que es la relativa a las costas. Eso significa que cabe la ejecución provisional, porque esta es idéntica a la ejecución de sentencias firmes, con la sola consecuencia de que, en caso de ser revocada la sentencia de instancia, debe el actor restituir o indemnizar a la parte. Pero en tu caso, la pieza de ejecución provisional necesariamente deberá ser acordada por el juez y se obligará al demandado a ejecutar lo que pedía tu cliente. Otra cosa es que discuta el importe de la condena, lo cual no podría ser objeto de recurso de apelación. No hay ninguna otra visión del asunto: ejecución provisional.