El procedimiento se encuentra en etapa de ejecución. La sentencia determinó que los bienes adquiridos durante el matrimonio deberían repartirse al 50%. Los bienes fueron dos vehículos y un inmueble. Los vehículos ya han sido comprados en pública almoneda. Pero el inmueble no, la parte actora solicitó la adjudicación del inmueble, (de conformidad con el código civil de Guanajuato si los bienes no se compran en almoneda las partes pueden solicitar adjudicárselo); el demandado ha respondido que no está de acuerdo, aunque antes ya había renunciado a su derecho del tanto. La juez emite un acuerdo en el que solo dice que no ordena la adjudicación de la actora porque "las partes no pueden prevalerse de su dolo en el juicio". Podrían orientarte en ¿cómo debería ejecutarse esta sentencia si una parte solicita adjudicarse el bien, pero la otra no está conforme?