En una sentencia de desahucio se dicta que una persona fisica y el ayuntamiento pagaran la cantidad de 10.000 euros en atencion a sus respectivas responsabilidades adquiridas por el contrato de fecha 1 de mayo de 2.009.
Es un contrato de arrendamiento en el que el arrendador es el ayuntamiento pero el arrendatario se obligaba a pagar una pequeña cantidad por tanto, el arrendatario nos debe unos 500 euros y el retso el ayuntamiento.
Para presentar la demanda ejecutiva, ¿deberia pedir el embargo de bienes e ingresos a cada uno por sus respectivas cantidades? Porque el juez en principio no diferencia y, que averiguaciones o bienes se deben pedir en embargo contra un Ayuntamiento pues la verdad, contra una amdinistración nunca he presentado demanda ejecutiva