Después de tres años, que se dicto la primera sentencia, el Tribunal Supremo nos da la razón, y dice : Que se transfiera la cantidad consignada al juzgado social que dicto la primera sentencia, a los efectos establecidos en el articulo 237.2 LRJS. Mi pregunta es si tengo que pedir la ejecución, por escrito. Si es así, agradecería que me proporcionaran algún modelo. Gracias. Saludos