En una ejecución de jura de cuentas se practica averiguación patrimonial en junio de 2017 y aparece un vehículo a nombre del ejecutado. En noviembre de 2017 se dicta decreto acordando el embargo del vehículo y librar oficio al registrador de bienes muebles para la práctica de anotación de embargo. Asimismo, acto seguido, solicito por escrito el precinto y subasta del vehículo. Pues bien, en enero de 2018 me llega calificación negativa del registro de bienes muebles por no haberse podido anotar el embargo porque según tráfico no coincidie el DNI con la matrícula del coche. Es decir, que lo que me temo es que en el transcurso del procedimiento el ejecutado ha vendido el coche.
¿ Qué haríais ahora ?: ¿ pedir una nueva averiguación patrimonial a ver qué tiene ?; ¿ pedir una titularidad del vehículo a fecha actual ?, ¿ alzamiento de bienes ?
Obviamente si el Registro le comunica que no coincide el DNI con la matrícula del coche, es seguro que el ejecutado ha vendido el coche.
Que puede hacer?
Pues que el Secretario Judicial (actual LAJ), deduzca testimonio de las actuaciones de su procedimiento civil, al Juzgado de Guardia, por si pudiera haberse cometido un presunto delito de alzamiento de bienes...y ya verá como el ejecutado, una vez comience el procedimiento penal, empieza a dar señales y a abonar poco a poco lo que debe...