Creo que debe esperar al resultado de la vista. Es el juez quien decidirá sobre este tema, aunque posiblemente declare la nulidad del interés de demora, pues es lo que están haciendo muchos juzgados. Tenga un poco de paciencia.
En su día, hice un préstamo de capital privado, a devolver en 6 meses. Me sobraba tiempo, pues en 2 meses, por incumplimiento de una empresa constructora, tenían que devolverme un dinero. Al no cumplir y no poder devolver el dinero, me han demandado. Por consejo del ab ogado ue busqué, no fui a por la demanda, pero sí que recogí la notificación de la subasta que fue suspendida, según me dice el abogado, por la nueva Ley. El día 13 de febrero próximo, se celebra la vista. El abogado SUPONE que como el interés de demora era del 20%, el juez declarará nula la demanda... tendrán que hacerla de nuevo... negociar... no tendré que pagar costas... y que lo de la vista es puro trámite. Mi mujer y yo estamos muy preocupados, aunque el abogado nos dice que no nos preocupemos, pero que sí que tendremos que pagar el principal, pero sin los intereses abusivos y sin costas y que, dice, lo más seguro es que se suspenda la subasta hasta una posible nueva demanda. ¿Es todo cierto? ¿La nueva ley sobre hipotecas, en este caso, me protege? ¿Qué me puede, o no me puede, suceder, después de la vista?. ¡¡Por favor, les ruego orientación y consejo!! Muchas gracias.