Mi hijo ha necesitado medicos como un spicologo y dentista esos gastos van a parte de la pension por alimentos. Hice una sentencia de ejecucion de divorcio y fue a mi favor pero como las facturas siguen saliendo me dice la abogada que tendre que hacer otra (sentencia de ejecucion de divorcio) pues han cambiado de juez y este sr quiere que se hagan de nuevo.Hay leyes diferentes para los jueces? es la abogada la que querra cobrar mas? o cada vez que tenga facturas tendre que pagar para que me las paguen? (parece que lo que he hecho no haya servido de nada)
No es que haya leyes distintas, ni que tu abogada te quiera cobrar más. Simplemente, que cuando solicitas la ejecución de una sentencia (por gastos extraordinarios), esta se acuerda respecto a la prueba aportada, los gastos documentados. Si esta ya se ejecutó y has cobrado; ahora surgen nuevos gastos, por lo que has de solicitar la ejecución de nuevo aprotando esos nuevos gastos (es una cantidad distinta, no la de antes).
De todas formas tienes dos posibilidades, si los gastos van a seguir en los próximos meses puedes esperar a que se generen todos, y una vez esto haya ocurrido, instar la ejecución por todo en conjunto.
Tambien puedes intentar hablar con tu ex, para que haga frente a la mitad de esos gastos (o lo que se tenga acordado) justificándole tu los mismos con facturas, y sin necesidad de ir al Juzgado. El ya sabe que sino tendreis que ir a ejecución de sentencia y os va a conllevar gastos y molestias para ambos.
Primero gracias por contestar. Con el ya lo he hablado y son facturas de 1 año. Mi abogada me ha dicho que tienen caducidad, y el peque necesita el spicologo una buena temporada, el ipc tampoco me lo ha subido y siempre voy a estar igual?
Desgraciadamente es una situación bastante habitual.
Si aun no se ha pagado todo tras la demanda ejecutiva, se puede presentar en el mismo procedimiento una ampliación de la ejecución presentando las nuevas facturas.
Cabe también que se haga un presupuesto por el médico del coste total del tratamiento (si esto es posible), y que se dicte resolución judicial por la que el padre haga frente a la mitad de los gastos derivados de ese tratamiento según se le vayan presentando las facturas; y de no hacerlo que se le impongan multas coercitivas de las recogidas en la LEC.
Respecto a la actualización del IPC, la única solución para no tener que solicitar anualmente la actualización sería:
- oficiar a la oficina retenedora para que las cantidades a retener se incrementen todos los años en el mismo porcentaje que se incrementa el salario (el problema es que las oficinas retenedoras no se suelen enterar de que va "la fiesta", y se les suele "olvidar").
- o solicitar modificación de medidas, interesando que en lugar de una cantidad fija mensual se fije un porcentaje del salario que perciba en cada momento el obligado al pago. En este caso, al tratarse de un porcentaje, la pensión se incrementa o disminuye conforme lo haga el salario, sin tener que pedir actualizaciones anuales.
Una ampliacion que puede costar? la ejecucion se me ha ido a las 100.000 pts.
Lo que yo no entiendo de la ley es que pido algo que es de mi hijo ( tengo que pagar por ello) en teoria a mi me habian dicho que era como si el convenio no lo hubiera cumplido y si seguia asi pondrian otras medidas. Si yo me portara mal con mi hijo a mi poco tardarian en quitarmelo. El puede hacer lo que quiera yo tengo que acarear con todos los gastos y si quiero que pague tengo que gastar mas de lo que me debe. En definitivas cuentas que haga lo que quiera por que lo ampara la ley.
Un saludo y gracias