El golpe psicológico de una remoción lo da el procurador con la comisión judicial, tomando lenta y detalladamente nota de todo el inventario y consignándolo en el acta. Estar así durante el tiempo que haga falta, acompañado si es preciso de policía (o se llama) produce efectos devastadores en el ejecutado, y por supuesto el abogado tiene que estar en esa puesta en escena. En general, suele aparecer el dinero de la deuda durante el episodio. Ni se te ocurra pedir que vaya el ejecutado al Juzgado a contar trolas (no tengo nada que ver con esa empresa, se la doné a mi hija hace tiempo, somos varios socios, no se puede embargar nada por ser material necesario para ganarme la vida, y un largo etcétera).
efectivamente la sociedad tiene una tienda de alimentación abierta al púbico.
Anters de solicitar la remoción de depositario, debo solicitar el embargo del genero que haya en la tiendad verdad? como ignoro lo que hay, solicito al juzgado que requiere al ejecutado para que lo manifieste?
Posiblemente estás haciendo uso de la metonimia sociedad-empresa, no siendo lo mismo. Si tienes un ejecutivo contra la sociedad y esta sociedad es propietaria de la empresa, has de pedir la remoción de depositario, a fin de ir con una orden judicial, el depositario de los muebles y la policía, en el día y hora señalados, para retirar toda la mercadería. Pagan de inmediato.
Qué hacer cuando eres parte ejecutante y el contrario y ejecutado es una empresa ( tienda abierta al publico ) a la que nada se puede embargar porque no tiene nada ( ni ingresos, ni saldo en cuentas, ....); sin embargo se encuentra en pleno funcionamiento.
Todo apunta a que los ingresos y saldos se ponen a nombre de otra persona o sociedad.