La obligación de que los propietarios de suelo ejecuten a su cargo, todas las obras de urbanización necesarias para que un terreno adquiere la condición de solar y pueda edificarse, está en la Ley.
Por otro lado, de tu explicación se deduce que el proyecto presentado en la solicitud de licencia "olvidó " incluir dichas obras y por tanto, la licencia concedida no ampara su ejecución, cuestión de la que te debió informar tu arquitecto.
Busca la normativa que aplica a esa zona, si existe un Plan Parcial, Pri, etc. Allí lo pondrá. Evidentemente lo que te pidan debe ajustarse a la legalidad.
Hazte a la idea de que el Ayuntamiento no paga nada.
Y si es Urbanizable (que no urbano) el Ayuntamiento te puede exigir urbanizar (muros, retranqueos, etc).
Claro, si todo está hecho ya...… pues nada.
La verdad es que nos deberían dar un curso de derecho urbanístico en el cole (la verdad que sí) y no cometeríamos errores de compra...…. (yo me incluyo). A veces lo barato....
Hola buenos días, mi tema es el siguiente. Compro un solar urbano consolidado y solicito licencia para la ejecución de una vivienda la cual se me concede sin ningún condicionante, termino la construcción y solicito al ayuntamiento que me prepare el acerado el cuál no disponía de bordillo ni solera de hormigón ni baldosas. ¿A quién le pertenece ejecutar dichos trabajos al ayuntamiento o al promotor? Gracias por vuestra ayuda de antemano