En segunda instancia laboral (tsj) condenaron en costas a la parte contraria. No ha procedido a su abono y no sé si tengo que pedir ejecucion de las mismas, ante quien, o directamente solicitar embargo y ante quien. Gracias
En el procedimiento laboral, las costas se regulan de la misma manera que en el procedimiento civil, por tanto, deberá solicitar la tasación de las mismas ante la sala de lo social del TSJ, y una vez que se tasen por el secretario y se aprueben las mismas, deberá solicitar un testimonio del auto de aprobación y presentar demanda ejecutiva ante el juzgado de lo social que conoció del procedimiento principal en primera instancia.