Gracias por su respuesta Jan. Tengo alguna duda sobre ella: Preguntando y preguntando, según los términos del aval a primer requerimiento y sin necesidad de justificar (según copié en mi anterior mensaje), no tendría la necesidad de justificar nada, pero como Vd. me sugiere que sí, así lo haré. En ese caso, ¿qué documentos son los que acreditan el importe de la deuda exactamente?¿hace falta llevarlos al notario? ¿cuántos días antes debo presentarme en el banco para no tener problemas? Muchas gracias