Acabo de recibir un Auto del Juzgado de Fla. por el que se decreta que el " Derecho de Uso " que ostentaba mi ex marido, queda extinguido y mi pregunta es : Puedo solicitar la Ejecución de dicho Auto de forma inmediata ó por el contrario debo esperar los 20 días de rigor por si hay recurso de apelación de contrario ?
Tengo entendido que los Autos de Familia son ejecutables, pero como no lo tengo claro, agradecería que alguien arrojara algo de luz sobre este asunto, ya que tampoco me cuadra que si mi ex recurre, cuando hay un Auto que ha extinguido el uso, que deba esperar un Año ó más hasta que salga el fallo de la AP.