La cuestion que planteo es la siguiente: En una comunidad de vecinos se aprobó validamente en Junta de propietarios la instalacion del ascensor, en el año 2000. Sin embargo, desde dentonces, no se llevo a cabo la instalacion efectiva de dicho ascensor, y actualmente, algunos vecinos han cambiado de opinion y quieren celebrar una nueva Junta para votar de nuevo la instalacion del ascensor, siendo previsible que el resultado sea favorable a la instalacion. Mi pregunta: cualquier vecino podria, actualmente, instar la ejecucion del acta del año 2000? Que plazo se podria aplicar para que se entendiese prescrita la ejecutbilidad de un acta de la Junta de propietarios? Y en general, si un acuerdo qprobado en Junta no se cumple, que opciones tienen los comuneros interesados en su cumplimiento??