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Ejecucción hipotecaria.

5 Comentarios
 
18/10/2018 12:09
maguti
Los acreedores le van a embargar el salario y los inmuebles, porque el sueldo está sujeto a unos rangos de máximo insuficientes para amortizar los tres créditos. Puede pedir que le retiren el embargo de los inmuebles y que se lo carguen en el salario, porque precisamente el sueldo es el primer objeto legal de embargo en la prelación legal, y el inmueble el sexto. Para ello tendrá que presentar una solicitud al juez a través de procurador y abogado personados en la respectiva causa (se recomienda la personación), si bien resulta inexorable que todo caiga bajo la férula ejecutiva. No es plausible que vayan a pedir el embargo jamás, porque se trata de inmuebles hipotecados cuyo previsible valor sea desproporcionadamente elevado con respecto a los embargos, pero es jurídicamente posible. Tampoco son deudas imposibles, si mejora fortuna.
18/10/2018 10:44
Grisolía
Muchas Gracias por la información, entonces entiendo que se anotaria en el registro pero que por norma hasta que no se pague no se ejecutará subasta, por otro lado ¿cree usted que es mejor que pida al juez lo del salario o que deje que me hagan la anotación de embargo? Y si fuese lo primero como lo tengo que hacer? Espero mejorar mi situación en un plazo corto... son circunstancias transitorias espero me de tiempo a arreglarlo todo.
18/10/2018 10:23
maguti
Las deudas se pagan todas o ninguna, Popi. Las tres deudas de 7.500 acabarán gravando el patrimonio que por ahora mantiene libre de cargas y todo lo que adquiera en el futuro. Puede solicitar al juez que le quiten el embargo de la cochera y se lo carguen al salario, y el juez muy posiblemente lo acepte; pero tenga en cuenta que esta clase de embargos no se ejecutan en general hasta que se paga toda la hipoteca, puesto que de otra forma el ejecutante se quedaría con esa deuda si se adjudica las fincas en subasta. Se acostumbra a ir renovando la inscripción cada 4 años, y quizás mejore usted fortuna durante ese tiempo, sin lastrar su salario.
18/10/2018 10:04
maguti
Buenas, tengo 3 deudas de 7500 euros cada una con tres entidades distintas las cuales no puedo abonar, a su vez tengo una vivienda hipotecada (llevo un año y medio pagando) la cual tengo al día y el Banco de la hipoteca no es ninguno de los que debo, la vivienda consta de piso y cochera, siendo la cochera parte indivisa pero teniendo su valor propio (4000€ y se deben 3800€). Me ha llegado una orden de ejecución en la que uno de los bancos pide el embargo de la cochera, yo tengo nómina ya que estoy trabajando, ¿ pueden embargar la cochera o el juez embargara antes la nómina?
17/10/2018 23:26
maguti
Las posteriores a la ejecutada se cancelarán las anteriores quedarán vigentes . Mi consejo acuda asesorado previamente lo que puede parecer barato se puede convertir en muy caro . Ojo con la situación posesoria . A su disposición somos especialistas en derecho hipotecario
Ejecucción hipotecaria.
17/10/2018 23:05
Buenas tardes,

Queria preguntar, si adquiero un bien mediante subasta judicial, y el bien tiene diversos embargos y hipotecas diferentes al ejecutante. Si yo pujo y me quedo con el bien,tengo que responder de la cargas que tiene el bien y estan anotadas en el registro de la propiedad o estas desaparecen para el nuevo comprador.

saludos