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EEUU: el juez considera que no se puede vincular de forma tan directa una IP con una persona

3 Comentarios
 
21/05/2012 21:30
Vio, yo intento alejarme de las teorías conspiratorias.

Aunque le confieso que cada día estoy más convencido de la existencia de una trama para demonizar la Red, especialmente las redes P2P.

Cierto es que parece absurdo que los pedófilos compartan abiertamente contenidos ilegales. También es cierto que generalmente los contenidos incautados por la policía española en las redes P2P suelen ser archivos conocidos (niños eternos del pasado de épocas en las que la humanidad confundió amor libre con el todo vale).

Pero no menos cierto es que existen multitud de empresas que llenan de mierda las redes P2P. Si la industria del software introduce archivos "inteligentes" = virus, la industria del porno ¿qué introduce? ...

La Pedofilofobia, el peor virus de Internet
http://indignado7777.wordpress.com/2009/08/19/la-pedofilofobia-el-peor-virus-de-internet/
perfil Vio
21/05/2012 19:00
Tiene toda la razón del mundo, en sus posts. Pero no olvide que estos foros están muy abiertos y posiblemente los que menos se molesten en contestar sean abogados. Pero seguro que hay policias, y alguna vez contestan....Por eso su debate resulta bastante fútil. Esta moda de perseguir la perversión sexual es internacional y se trata de distraer la atención y por otra parte de justificarse ante sl sonoro fracaso de acabar con el terrorismo y el tráfico de drogas, que mueven ingentes cantidades de dinero, internacinalmente
Entre un terrorista, un drogadicto y un pedófilo, librénme de los dos primeros que matan sin escrúpulos, aunque unos traten de justificarse por motivos polítos y otros por el síndrome de abstinencia, en que más de uno mató a su padre o madre...
Los puntos P2p, que Vd. dice, no los retiran, no solamente seguirán sino que cada dia habrá MÁS ,
pues son los "cebos", del gigantesco negocio que supone cazar incautos conejitos a los que envian una ventana emergente, para que piquen, introducindo los rookits, que les llevan a descargas inconscientes....cazando sus IP, que incluso no son propios.
Los verdaderos pedófilos tienen otras claves para intercomunicarse ya que los IP pueden enmascararse o sustiuirse por otros correspondientes a falsas direcciones, pero no vamos a dar pistas .....Además se ufanan como defensores de la legalidad, con medios desorbitados, que, como dicen otros , podían utilizarse en perseguir delitos más fuertes.
20/05/2012 20:18
Segundo un fallo histórico contra las demandas en masa por P2P
"Una IP no identifica a un Estado”

Parece que algo está cambiando en torno a la persecución por el uso de las P2P en Estados Unidos. Si hace poco más de dos semanas os hablábamos del fallo histórico que concluía que una IP no puede identificar a una persona, desde hace unas horas un juez de California ha desestimado hasta 15 demandas en masa por el uso de BitTorrent. El argumento, histórico y único hasta hoy: “una IP no puede identificar a un Estado”. La Primera Enmienda de Estados Unidos defiende a los usuarios del protocolo.
Y es que aunque obvio, hasta ahora los jueces no acababan de ofrecer garantías como la esgrimida en tan sólo dos semanas. Más de tres años donde miles de usuarios eran acusados en masa por los titulares de derecho con el único fin de extraer una compensación económica. El método: presentar en la corte una dirección IP junto a la descarga como supuesta infracción.

Fue en el 2010 cuando estos juicios cambiaron el escenario. Muchos jueces comenzaron a desestimar los casos debido a que sus tribunales no tenían jurisdicción sobre personas (IPs) que vivían en otros lugares.

Ese fue el momento en que los titulares de derechos comenzaron a introducir en las demandas servicios de geolocalización, un nuevo argumento que unido a la IP les permitiría continuar con las demandas en masa.

Y así fue hasta ahora. Dean Pregerson, juez del Distrito de California, ha concluido que este enfoque no tiene sentido desestimando las 15 demandas en masa que habían en proceso. Pregerson argumenta que la Primera Enmienda protege a los presuntos “piratas” ya que para declararlos culpables deben existir unos minimos criterios.

El más obvio, que debe estar absolutamente claro que los acusados son residentes de la región en la que el tribunal tiene jurisdicción, algo que según el juez Pregerson no es suficiente con herramientas de geolocalización para probarlo. Según el juez:

En base a las reclamaciones del demandante como fiables, todavía puede haber una oportunidad del 20% al 50% para que este Tribunal carezca de jurisdicción.

La razón, que si existe una mínima posibilidad de que estas herramientas estén equivocadas, no puede firmar una solicitud de citación:

Una vez más, es la Primera Enmienda la que obliga a los tribunales a garantizar una desestimación. Las búsquedas de direcciones IP y la información adicional proporcionada no puede garantizar que los acusados en efecto, residen en California.

Por lo tanto, tenemos el primer caso de desestimación de demandas en masa presentando como pruebas una IP y una herramienta de geolocalización. El juez viene a decir que no son 100% exactas. Una corriente que como decía al comienzo, se une al fallo histórico (y obvio) que concluye que una IP no es una persona.

La geolocalización desde hoy, tampoco identifica a un Estado.

La geolocalización desde hoy, tampoco identifica a un Estado.

Fuente: http://alt1040.com/2012/05/ip-no-identifica-un-estado?utm_source=self&utm_medium=banner&utm_campaign=Destacados+Home


Eeuu: el juez considera que no se puede vincular de forma tan directa una ip con una persona
11/04/2012 07:58
Sentencia histórica a favor del P2P: una dirección IP no equivale a una persona

La persecución a los usuarios de redes P2P podría sufrir un frenazo brusco, al menos en Estados Unidos. Un tribunal ha fallado que una dirección IP no equivale a una persona física, por lo que una descarga no puede asociarse de forma directa con el propietario de la conexión a Internet.



El pasado mes de febrero nos hacíamos eco del litigio que enfrentaba a la productora de cine pornográfico Hard Drive Productions con varios usuarios que presuntamente habían descargado sus películas protegidas con derechos de autor sin permiso a través de BitTorrent. La compañía había recurrido a una práctica extendida en el país norteamericano consistente en el rastreo de direcciones IP que estaban compartiendo supuestamente sus contenidos sin autorización. Posteriormente procedían a enviar cartas a estos usuarios con el fin de que pagasen ciertas cantidades bajo amenaza de llevarles a juicio y compensar así su presunta infracción.

Hace unos meses saltaba la noticia porque uno de estos usuarios había recurrido la demanda al señalar que la productora no era dueña de los derechos de autor de la obra descargada puesto que los contenidos pornográficos, según las propias leyes, no están protegidos por la propiedad intelectual. Para ello se apoyaba en la propia Constitución estadounidense. La sentencia sobre este caso apuntaba a ser histórica y así ha sido, aunque no en este sentido.

Como publica Alt1040 en información de RT, el juez del caso ha detenido el proceso contra los supuestos infractores de la propiedad intelectual. La productora había denunciado a 90 usuarios de redes P2P que habían compartido sus contenidos tras rastrear las direcciones IP desde las que se habían descargado y subido mediante redes como BitTorrent. Sin embargo, el tribunal de California ha desestimado las pretensiones de la productora que lo que intenta la compañía es intimidar a los sospechosos a cambio de dinero y que, además, la información presentada sobre los demandantes no le parece suficiente para considerarles culpables.

De nuevo, estamos ante la polémica muchas veces discutida, pero en este caso el juez considera que no se puede vincular de forma tan directa una IP con una persona. De este modo, estamos ante un precedente que supondría la victoria en los tribunales de todo aquel que respondiese a dichas cartas amenazantes que habitúan a mandar algunas compañías. No obstante, cabe señalar que en muchas ocasiones los usuarios acaban accediendo a los pagos por desconocimiento y falta de información.

El carpetazo al caso debería suponer un golpe definitivo para que estas productoras acaben con demandas que nos han deparado casos absolutamente rocambolescos como el del usuario ciego que fue denunciado por bajar cine porno. Se trataba de un claro caso de intrusión en su red WiFi, ya que sus hijos de apenas 4 y 6 años difícilmente podían acceder a estos contenidos, lo que parece suficiente evidencia para demostrar que una dirección IP no se puede asociar de forma tan directa con el titular de la línea.

FUENTE: http://www.adslzone.net/article8353-sentencia-historica-a-favor-del-p2p-una-direccion-ip-no-equivale-a-una-persona.html