A finales de diciembre pasado me entregaron las llaves de mi nueva casa, y a los pocos días se convocó la primera junta, para constituir la comunidad, nombrar presidente, y tomar una serie de medidas iniciales.
Dado que para la primera junta no hay administrador "elegido por la propia comunidad", es la propia promotora la que "asigna" el administrador.
El hecho de que el administrador sea "amigo" de la promotora, y que durante el primer año sea cuando aparezcan la mayoria de las irregulariedades, me hace pensar que ... "sería bueno botar a este administrador, para evitar males mayores".
Mi pregunta es la siguiente: ¿qué mayoría es necesaria para cambiar de administrador?, ¿es necesario incluir en la orden del dia dicho asunto?, ¿es necesario que este señor esté delante cuando se trate este asunto?.
Hola, te comentaré nuestra experiencia, somos un complejo de 272 vvdas y tambien la constructora nos engañó, claro que teniendo un espia dentro de la comunidad, les estaria informando de todos los movimientos que la comunidad emprendiera en contra de la constructora, dicho espia el administrador, otra cosa que deberian de hacer es pedir el libro constitutivo de la urbanización y que lo lea el administrador para ver si existe irregularidades.
a nosotros nos entrego la urbanizacion como una sola comunidad, cuando a los años, al cambbiar de administrador resulta que era un conjunto de comunidades, por eso dicho administrador nos habia aplicado una cuota lineal y no por coeficientes, ya que por coeficientes no cuadraba con las otras comunidades, y todo porq se sacaron de las zonas comunes 45 plazas de garajes y si todo estaba encubierto por el administrador, pasarian los años y no podrias reclamar.
La mayoría para botarlo --como tú dices es el 51%-- mayoría simple.
También tenéis que tener cuidado que este promotor no le haya hecho un contrato por un tiempo determinado al administrador (de esta manera se asegura un temporadita y una indemnización en caso de botarle (tenerlo en cuenta).
Seguramente toda la documentación la posea este administrador amiguete del promotor y ya se sabe que la información es poder, Además hay administradores que para hacerse con la administración de las nuevas comunidades otorgan ciertas prebendas a los promotores. Los administradore combran en función de de cartera de clientes y más, mejor, ya me entiendes.
1º no os pueden imponer el administrador
2º para hacerlo aun con contrato con la promotora teneis que ratificarlo en la primera reunion y normalmente se hace en el momento en que constituis la comunidad. Con no constituirla en ese momento y posponerla unos dias es suficiente.
3º por propia experiencia ¡¡¡¡¡¡ hecharle!!!!!
Luis 25
Dices: "Hay administradores que para hacerse con la administración de las nuevas comunidades otorgan ciertas prebendas a los promotores"
Tú que contestas todo y más, mejor, (yo no te entiendo), mójate (en sentido metafórico) y dime:
¿qué tipo de prebendas?
¿Se puede pedir una indemnización por echar a un administrador que no haya sido votado (en este caso de votar) por la Junta? ¿A quién hay que darle la indemnización al promotor, al administrador o a ambos cómplices? Amos anda.
Saludos de cómplice, cómplices saludos o saludos complicados.
Si tenéis tan claro que los promotores enchufan a los admin, por favor explicarme el proceso para poder hacer eso, es decir, como obran los promotores para hacer eso.....
huy muy sencillo.
1. porque este mundillo me está interesando cada día más y quiero estar informado para saber del tema.
2. porque no me explico como se puede hacer eso delante de las narices de los propietarios y que salga bien.
3. porque pronto se comprará casa mi hermano y para estar al loro.
PA LA CALLE CON ESE ESPIA...junta nueva,,nuevo administrador...y punto. y despues me enseñan a mi en clase que del punto a al punto b hay que trazar una linea recta....