Si el colindante no tiene servidumbre adquirida y el ayuntamiento te concede licencia, entiendeo que puedes en tu propiedad puedes construir hasta la altura que precises.
Tengo un solar anexo a la vivienda del pueblo, empleado como "trastero" de la casa y ahora querría convertirlo en un salón de estar. Hay una ventana en el primer piso de una vivienda ajena que da a él. Tiene una reja interna y yo pregunto:
¿Podemos elevar el tejado lo suficiente sin tapar la ventana?¿Habría que dejar alguna separación? De ser así no es viable la construcción pues se comería el solar.