Quería saber si, una vez entregada una carta de baja voluntaria y siempre antes de que llegue la fecha de extinción del contrato, puedo echarme para atrás y quedarme trabajando en mi puesto. Gracias
Es la capacidad de retracto, es decir usted puede notificar a la empresa que se retracta de su b.v. antes de la fecha final, esto es lo mismo para las excedencias, solo existe un problema, que la empresa tras su notificación haya contratado a un sustituto para cubrir su plaza en cuyo caso no podría echarse atrás.
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