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Echar un inquilino

9 Comentarios
 
03/05/2023 22:32
Vale Hoplon muchas gracias por su tiempo buscaré a un abogado que me lleve el caso y me explica todo. Creo que mejor demandaron sin que lo sepa para que así no deje de pagar tantos meses que tarda el fallo de desahucio.
03/05/2023 18:21
Pues debe usted contratar un abogado para desahuciar a ese inquilino por actividades molestas. El resto ya lo hará el abogado.
03/05/2023 15:51
Hola Hoplon gracias por su respuesta entonces si debo echarlo por molesto, qué tengo que hacer? Se supone que yo o el casero demandarlo para desahuciarlo?
Son meses y ahora peor con la nueva ley.
Otra información el casero me dio permiso a alquilar la habitación pero verbalmente claro.
Un saludo y dime por favor qué pasos.
03/05/2023 09:37
Yo creo que se aplica el art. 9 LAU:

"2. Se entenderán celebrados por un año los arrendamientos para los que no se haya estipulado plazo de duración o este sea indeterminado,.."

Porque aunque el alquiler de habitaciones se sujeta en generla al Código Civil, este es un subarriendo parcial que deriva de una relación contractual amparada en la LAU y que la propia LAU contempla:

"Artículo 8. Cesión del contrato y subarriendo.
1. El contrato no se podrá ceder por el arrendatario sin el consentimiento escrito del arrendador. En caso de cesión, el cesionario se subrogará en la posición del cedente frente al arrendador.
2. La vivienda arrendada sólo se podrá subarrendar de forma parcial y previo consentimiento escrito del arrendador.
El subarriendo se regirá por lo dispuesto en el presente Título para el arrendamiento cuando la parte de la finca subarrendada se destine por el subarrendatario a la finalidad indicada en el artículo 2.1. De no darse esta condición, se regirá por lo pactado entre las partes."

Y el art. 2, 1 habla de destino como vivienda.

En resumen, mejor por molesto.
02/05/2023 20:23
Vale esperaremos lo que diga Hoplon. Y luego ya veremos que hacer porque como comentó Ud el alquiler de una habitación es por mes y nada escrito así debe irse darle un mes para buscar otro sitio.
02/05/2023 20:11
A ver si se pasa por aquí Hoplon y sabe decirnos como está al respecto la jurisprudencia en Granada.
En caso de que sea favorable lo que tiene que hacer hablar con esa persona y si no se aviene a razones no le quedará más remedio que demandar.
02/05/2023 18:03
Buenas tardes Sr.Leonjbr gracias por su respuesta y le doy más información vivo en Granada. Otra cosa yo tengo contrato escrito a mi nombre del piso pero alquilé con el permiso del casero la habitación pero sin contrato de habitación claro yo no puedo hacer contratos.
Él me paga su parte y la luz agua y yo ingreso al casero la renta total.
A ver si en mi caso y en Granada existe esto de mes a mes y puedo echarlo.
Ahora si es posible qué pasos debo seguir?
26/04/2023 19:37
Teóricamente puede aplicarse el art. 27.2.e) LAU, a cuyo tenor:
"2. Además, el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las siguientes causas:
e) Cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas."
Lo que pasa es que en la práctica ya le digo yo a usted que es casi imposible echar a nadie en virtud de lo que dice ese artículo.
SIN EMBARGO hay otra opción "paralela" que quizás pueda ser más eficaz y es que como lo que usted ha hecho con el subinquilino es un contrato de alquiler de habitación la regulación no es la que figura en la LAU sino en el Código Civil, que es mucho más flexible.
En particular, imagino que el contrato que usted ha hecho es puramente verbal y que el pago es mensual.
Si es asi la buena noticia es que la duración del contrato es mensual y se va renovando mes a mes, de manera que usted podría echar a ese inquilino en cualquier momento.
Todo depende de que el lugar en el que viva la audiencia provincial sostenga o no que la regulación del arrendamiento de habitación es la LAU o el Cödigo Civil.
¿Podría decirnos desde que ciudad nos escribe?
26/04/2023 19:34
Las conductas molestas son motivo de desahucio: Art. 27, 2, d) LAU. También para los subarriendos parciales.

Tendrá que probar la conducta molesta: grabaciones, o testimonio del otro subarrendatario.
Echar un inquilino
26/04/2023 14:39
Hola a ver si me ayudéis por favor. Tengo el contrato a mi nombre y el casero me permitió alquilar 2 habitaciones para poder pagar la renta,ahora uno me molesta con ruidos,teléfono a alta voz a la 1h de madrugada. Sé que es difícil echarlo porque paga a mi pero hay alguna solución? Tengo discapacidad y enfermo y necesito dormir por las pastillas y sólo cobro el ingreso mínimo vital. Gracias de antemano.
Un saludo