Hola franky. Usted celebró en su momento con su arrendatario un contrato VERBAL de arrendameinto, el cual es igual de válido que un contrato de arrendamiento celebrado por escritro. El problema de los contratos verbales es PROBAR lo pactado por las partes en el MOMENTO DE SU CELEBRACIÓN, aunque existen medios de prueba admitidos en derecho suficientes para tan fin.
Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con la documentación que tenga(recibos,extractos de transferencias bancarias, correo,etc..) y los datos que usted aporte, le asesorará sobre mejor forma de proceder.
hola buenos dias tenemos un piso alquilado sin contrato, el caso es que nos estamos planteando echarle, el inquilino lleva mas de 7 años en el, y ha pagado religiosamente todos los meses,como podriamos hacerlo, sin que el nos pueda denunciar.un saludo. otra pregunta la comunidad la pagamos nosotros tiene derecho a opinar sobre algo relacionado con el bloque. un saludo y gracias de antemano