en mi piso tenemos una compañera muy molesta a la que al final (después de año y medio) hemos comunicado que debía buscarse otro sitio porque no hay manera de que nos llevemos bien. El problema con ella es de horarios y de total falta de comunicacion con las otras 3 chicas. Aunque las demás tenemos contrato ella no lo tiene y quería saber qué derechos tiene o a qué puede acogerse para decir que no se va si no quiere
Hola alias. Por favor,responda a las siguientes preguntas:
1)¿ Existe un contrato de Arrendamiento de Vivienda o de Uso distinto al de vivienda por cada Arrendatario o existe un único contrato para todos los arrendatarios?
2) ¿ Usted o alguno de sus compañeros ha SUBARRENDADO una habitación a la compañera conflictiva?. En caso afirmativo. ¿ Conoce la Arrendadora este hecho?.
Gracias por intereserte en el tema.
En el piso hay contrato individual para cada inquilino y todas las que lo hemos solicitamos lo tenemos ya que el propietario no se ha negado en ningún caso. El contrato es para vivienda y ella no está subarrendada ¿podríais decirme algo?Es urgente puesto que, sobre todo los estudiantes, están ya casi todos con el piso encontrado y alquilado. Gracias.
Hola alias. Gracias por responder a mis preguntas.
Si he entendido bien la situación es la siguiente:
Vivienda que consta de 4 habitaciones y zonas comunes. El arrendador celebra 3 contratos de arrendamiento de vivienda(uno por habitación) por escrito. La última habitación( arrendataria conflictiva) es arrendada verbalmente.
El hecho de que el contrato de arrendamiento haya sido verbal NO le resta VALIDEZ LEGAL alguna. Es decir, a todos los efectos es como si tuviera un contrato de arrendamiento escrito debiendo, ambas partes, lo pactado verbalmente.
Por lo tanto lamento comunicarle que usted NO puede obligar a la arrendataria conflictiva a abandonar la vivienda. Solamente el Arrendador PODRÁ resolver el contrato de arrendamiento si la arrendataria conflictiva incumple lo pactado.
Así que lo único que puedo aconsejarle es que hable con la arrendataria conflictiva e intentar convercerla para que cambie de actitud.
Entonces me acoseja que sea el arrendador el que se ocupe personalmente. Él ya está al tanto de la situación desde hace un tiempo y nos indicó que hiciesemos lo que creyésemos oportuno con respecto a ella. Pero ya que no tiene intenciones por las buenas deberemos remitirlo de nuevo al propietario que es el que tiene la potestad de rescindir el contrato verbal, que por otra parte era para un año y ya lo ha cumplido. Muy bien. Gracias
Hola alias. En realidad lo que le he aconsejado es que el resto de arrendatarios(me refería a usted en singular pues es la que ha realizado la consulta) dialoguen con la arrendataria conflictiva e intenten convercerla para que cambie su actitud.
Por otra parte, si la arrendataria conflictiva incumple lo pactado verbalmente con su arrendador(no pagar la renta, hacer obras inconsentidas, subarrendar la habitación sin consentimiento, art 27.1 y 27.2 LAU 1994)...) o si HA EXPIRADO el plazo pactado(en el caso de la arrendataria con contrato verbal habría que saber si se pactó un contrato de Vivienda, de Uso distinto al de vivienda, si se pactaron o no prórrogas,etc...), su arrendador PODRÁ INSTAR LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO, pero si la ARRENDATARIA SE NIEGA A ABANDONAR EL PISO, su Arrendador tendrá que INTERPONER DEMANDA DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO por la causa que sea.Es decir, NO puede echarla sin más.
Si le surge alguna duda acerca de este último post no dude en comunicármelo.