Gracias de nuevo Jan.
Cuando hicimos el contrato estaba caada con su hija y ellos empadronados allí mismo. Cuando se produjo la separación se marcharon a la capital y allí es donde viven con mis hijos.
Lo usan como ya dije antes, como almacen de ropas.
Ya mi suegro falleció. De todos modos gracias por tu interés y el de todos
En el documento que usted ha transcrito cre que hay un error: en el apartado primero dice "para su disfrute desde el día del fallecimiento de ambos, no pudiendo imponer su desalojo por ninguna causa." y creo que debería decir: " HASTA el día del fallecimiento de ambos, no pudiendo imponer su desalojo por ninguna causa."
A falta de realizar un estudio más detallado creo que nos encontramos ante un contrato de comodato. Si es así sería importante poder probar que la vivienda se cedió para que en ella viviesen sus suegros. La razón es que en los contratos de comodato el comodante(usted) podría reclamar la posesión cuando el uso que originó el contrato ha sido sustituido por otro diferente.
gracias jupumeper por tu opinión, pero estoy en una difícil situación económica y meterme en un pleito sin unas minimas garantias es algo que no puedo permitirme. La recuperación del piso me supondría un alivio por el alquiler que obtendría. Pero y si pierdo? los terminos estan redactados así:
CESION DE LA VIVIENDA NUM. 11-ALTO DE LA C/ ALTOZANO DE NIEBLA (Huelva)
De acuerdo con las siguientes condiciones.
Primero.- Que D. ___ y su Esposa Dª _________, reconocen que obra realizada en dicho domicilio ha supuesto un coste aproximado de DOS MILLONES Y MEDIO DE PESETAS (2.500.000) han sido invertidas por D. ___y su esposa Dª ___, para su disfrute desde el día del fallecimiento de ambos, no pudiendo imponer su desalojo por ninguna causa.
Segundo.- Que dicha cesión no supone derecho alguno sobre la propiedad de la vivienda.
Tercero.- Que dicha cesión es a titulo personal e intransferible, no pudiendo cederse ni arrendar a otros usuarios.
Y para que así conste se firma a un solo efecto por duplicado ejemplar junto a los testigos…..
Lamento tener que darle la misma respuesta que mi compañer@ pero es lo más apropiado ya que, en su caso, de la lectura e interpretación del contrato o documento por un profesional dependerán las conclusiones y manera de proceder.
En principio, parece que Ud. constituyó un usufructo vitalicio pero hay que ver los términos de su redacción, constitución, etc. para averiguar si tiene Ud. alguna salida o sólo esperar a que el usufructuario fallezca o renuncie.
Hola Garrocha. Como ya le dije en mi anterior post sería necesario poder examinar el contenido del documento que usted firmó así como las circunstancias personales de usted y sus suegros en el momento de la firma.
Créame cuando le digo que lo mejor que puede usted hacer es acudir con brevedad a un/a profesional de la abogacía especialista en Derecho Civil.
muchas gracias Jan. Estoy tratando de que me acrediten por escrito que la vivienda en cuestión no dispone de agua ni luz propia. Así mismo ya dispongo de un certificado negativo de que durante los últimos 3 años la vivienda está deshabitada expedido porel alcalde, previo informe de la policía local.
Mi principal duda radica en: No les molestaré mi podré desalojarles mientras viva. ¿Qué puede entenderse, mientras vivan en el piso o mientras esté viva?
Te reitero mi gratitud
Hola Garrocha. Por los datos aportados cabría la posibilidad de que el documento que usted firmó se tratase de un contrato de Precario. Le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en Derecho Civil quien, con el documento y los datos que usted facilite, le asesorará sobre las posibles acciones legales a ejecercer.
Hace más de 10 años, estando aún casado, firmé un documento a mis suegros en el que especificaaba que bajo ningún concepto podría yo desalojarlos del piso, en el que ellos invirtieron 2.500.000 ptas. El piso en cuestión no tiene luz, ni agua, porque se suministraba de la planta de abajo que era donde viviamos. Decir que tanto el piso como la planta baja es de mi propiedad exclusiva.
Cuando nos separamos, hice el corte de luz y de agua al piso. Mis suegros, uno ya fallecido, no abonaron núnca ni luz, ni agua, ni alquiler, ni IBI. El término de la redacción del documento dice "No podré desalojarles mientras vivan". Ahora ella quiere que le abone los 15.000 euros que a ellos le costó las obras que hicieron, porque no pueden ni alquilarla, ni cederla que tambien se especifica en el documento.
Desde hace más de tres años, no reside en el piso, ni de forma habitual ni temporal. lo usan como almacen para traer las ropas de invierno y llevarse las de verano. Ella dispone de otra vivienda en la capital que es donde habita y está empadronada.
Si alguien puede ayudarme y darme alguna idea de cómo proceder se lo agradecería mucho. Estoy con la idea de denunciarla, pero el riesgo a no tenerlas toda conmigo me lo impide, ya que económicamente no puedo permitirme ese lujo.
Os agradezco vuestras respuestas de corazón. Gracias