Angelespinar, la pregunta es: a vd le molestasn los animales, teme que le estropeen los muebles o las paredes?
Vd sabe si estan mal cuidados?
Sabe si a los vecinos les molesta los maullidos o los olores?
Si tiene pruebas de todo ello y no solo por una sola vez, si no reiteradamaente en el tiempo, entonces si puede demandar y/o cancelar el contrato, previa demanda de desahucio, si no es asi , y demanda, prepare unos miles de euros y algunos mas si pierde el juicio , pues las costas las pagaria vd....
La Ley de Arrendamientos Urbanos NO prohibe tener animales en la casa , por tanto si esa Comunidad tiene algo en contra , en los estaturos , esta inavalidada ...
Insisto en que estamos perdiendo el foco del problema: la comunidad de vecinos no puede dictar normas que eliminen derechos constitucionales. La Constitución reconoce el derecho a la propiedad privada, en este caso la propiedad privada del piso alquilado, y por tanto lo que no puede hacer la comunidad es restringir ese derecho hasta tal punto que quede eliminado en alguna de sus facetas, como por ejemplo la tenencia de animales.
Lo que puede hacer la comunidad es dictar normas sobre uso de las zonas comunes en caso de animales, nada más. La comunidad no tiiene potestad legislativa para derogar normas dictadas por el Parlamento o que estén reconocidas en la Constitución. Su capacidad normativa es muy, muy limitada.
Si en su comunidad, hay unos estatutos o reglamento de régimen interior que prohíbe tener animales en los pisos, usted debió haber incluido una clausula en ese contrato de arrendamiento, especificando esa prohibición.
De no haberlo hecho, usted ahora podría incluso tener problemas con la comunidad.
Anónimo
21/08/2016 21:03
muros
Se pueden tener hasta 4 gatos. Muros tiene razón, dirijase a su Ayuntamiento y exponga el caso.
Yo no soy abogado, pero la única posibilidad que le encuentro es que para tener 10 gatos exija su comunidad autónoma, o la ley estatal, habría que mirarlo, la declaración de núcleo zoológico. Mirando por ese lado, entiendo que podría tener una posibilidad, pero supongo que este aspecto se lo podrán comentar mejor alguno de los abogados que por aquí escriben.
Si, jesusgzlz, pero esá cláusula le otorga el derecho de desistimiento al inquilino, no al casero.
Aquí la pregunta la hace el casero. Quien quiere echar al inquilino es el casero. Por tanto si en el contrato existiera esa cláusula sería nula de pleno derecho por suponer una renuncia de derechos del inquilino que está estrictamente prohibida por la LAU.
Como conclusión insisto en mi primera respuesta: no hay forma de echar a ese inquilino salvo con una demanda cara y de resultado muy improbable tirando más bien a negativo casi al 100%. Además démonos cuenta de que el consultante no alega perjuicio alguno por la tenencia de los 10 gatos. No dice nada acerca de que estén causando daños o molestias a los vecinos. Entonces ¿con qué argumento se ganaría ese pleito?
Mejor esperar que dos añitos pasan pronto, y sobre todo sin coste adicional.
Aunque por otro lado, a reserva de leer el contrato, pudiera existir una cláusula de terminación anticipada, claro que por lo general estas tienen una penalización generalmente pecuniaria.
Habría que leer el contrato, pero en principio ellos pueden permanecer en la vivienda hasta el 31 de agosto del 2018.
Podría intentar echarles por tener 10 gatos, pero es un pleito francamente complicado y de dudoso éxito, puesto que tendría que demostrar que esos gatos ocasionan molestias o son insalubres, para ello tendría que contratar un perito, y luego meter una demanda con abogado y procurador, y después de año y año y medio esperar a ver si el juez le da la razón, que en principio yo creo que no se la dará.
Por tanto mi consejo es esperar hasta el 2018.
Buenas tardes:
Tengo un contrato de alquiler con mis inquilinos y quiero echarles de casa. En su día firmé un contrato beneficioso para ellos por amistad, hoy se ha complicado. Han metido 10 gatos en mi vivienda y, aunque en el contrato no pusiéramos que los animales no estaban permitidos, creo que diez gatos es excesivo. Les ruego me indiquen si hay posibilidad de hacer algo para recuperar mi vivienda, el contrato cumple un año el próximo mes de Septiembre. Gracias y saludos