Buenas
Quería saber lo o consultar lo siguiente.
Me hice pareja de hecho con mi novia española y nos ha llegado la resolución favorable y además tenemos ya cita en extranjería para solicitar la tarjeta de familiar comunitario/europeo.
La cuestión que nos genera duda es: tanto mi novia como yo somos estudiantes universitarios y ella no trabaja, en cambio yo que estoy en situación irregular, estoy trabajando en una empresa con la modalidad prácticas extracurriculares por medio de un acuerdo convenio de la universidad-empresa y así mismo la empresa me dio de alta en la seguridad social.
Mi duda es,¿ si trabajo yo y en el apartado de medios económicos presento el contrato fijo que la empresa me ha propuesto, el informe de vida laboral y las últimas nóminas, me concederán el permiso de residencia si mi pareja española no trabaja.?
Hola, no se bien del tema, pero para la tarjeta comunitaria uno de los requisitos es estar a cargo del miembro de la union europea, si trabajas asesorate a ver si por tus medios puedes sacarte el permiso de residensi, cuando es regimen comunitario la parte española es quien debe presentar los medios económicos, ya sea ahorrados en el banco o por medio de nomina.
Quien debe tener la calidad de trabajador por cuenta ajena o propia ( sirve a estos efectos también estar cobrando la prestación contributiva por desempleo, conocida coloquialmente como "paro"), estudiante matriculado para cursar estudios en España o bien contar con recursos económicos propios suficientes es el ciudadano de la Unión, no el familiar extracomunitario.
Si su pareja no trabaja, pero es estudiante universitaria matriculada, puede acogerse al supuesto de estudiante matriculado. En ese caso, deberá probar el hecho de estar matriculada para cursar estudios en un centro de estudios con sede en España y firmar una declaración responsable en el sentido de que cuenta con recursos económicos suficientes para su sustento y el de su familia a cargo y seguro médico. Así es como lo establece la normativa para el caso de los estudiantes matriculados ( que es un supuesto distinto del de las personas con recursos económicos propios suficientes).
En régimen comunitario es el familiar ciudadano de la Unión el titular del derecho de residencia en España y se lo hace extensivo a sus familiares extracomunitarios que lo acompañan o vienen a reunirse con él en España, siempre que se cumpla con alguna de las condiciones arriba mencionadas. El familiar extracomunitario vera reconocido su derecho de residencia en régimen comunitario, en tanto que familiar del ciudadano de la Unión residente en España, si se cumple con las condiciones fijadas, mediante una resolución administrativa de la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia y se documentará mediante la expedición de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión por parte del Cuerpo Nacional de Policía.