Según ley el máximo legal establecido para un contrato eventual es de seis meses en un periodo de 12 meses. ¿Es correcto que a una misma persona se le hayan hecho los siguientes contratos eventuales por acumulación de tareas?, ¿Desde cuándo se contabiliza el periodo de 12 meses, desde el último contrato?:
Del 11-04-2002 a 10-06-2002
Del 12-02-2003 al 12-03-2003
Del 13-03-2003 al 10-04-2003
Del 11-04-2003 al 06-05-2003
Del 28-10-2003 al 01-03-2004
Del 02-03-2004 al 29-03-2004
Del 15-04-2004 al 14-20-2004
El periodo de doce meses debe contar desde el contrato inicial, es decir si tu contrato eventual se inicia el 11-4-02 y acaba el 10-6-02, ya no se podria hacer otro nuevo contrato de esta naturaleza(eventual) hasta que trasncurra los doce meses, 10-4-03, en suma el periodo de doce meses juega siempre independiente que se haya hecho uso o no del computo maximo de los seis meses. Es decir no valen los encadenamientos de contratos ni los contratos a la carta. saludos.