Los propietarios no estais vetados para actuar, todo lo contrario, tenéis derecho promover el desarrollo del sector aprobando los instrumentos urbanísticos correspondientes y ejecutando las obras de urbanización del sector para poder edificar los solares resultantes de la ordenación.
Indefinida???, entonces si tras los tres años de prohibición de otorgar permisos en los terrenos afectados por el Plan parcial, no se ha realizado nada, ni adjudicado obra, y solo es "humo". ¿Los propietarios nos vemos "vetados" a cualquier acción para desarrollar nuestros propios solares?.
Después de aprobado definitivamente el Plan Parcial, deben redactarse y aprobarse definitivamente los proyectos de reparcelación y urbanización para poder iniciar las obras de urbanización.
A veces mediante convenio urbanístico de gestión suscrito con el ayuntamiento, el promotor se obliga a cumplir unos plazos, otras veces es en cada trámite que aprueba el ayuntamiento donde indica el plazo para el siguiente.
Pero en fín, los plazos es " dificil " cumplirlos cuando hay problemas de financiaciación y las perspectivas de venta de las parcelas y de rentabilidad de la operación, debido a la situación económica, se antoja complicadas.
Pero contestando extrictamente a tu pregunta, los planes aprobados definitivamente tienen vigencia indefinida.
Hola, ante todo, muchas gracias por vuestra atención. Mi cuestión es la siguiente:
En el año 2008 se aprobó en mi localidad un plan parcial para la construcción de un polígono industrial, del cual aún no se sabe nada, ni la administración local ni nadie, pero sí tiene limitadas cuantas acutaciones repercutan a los terrenos incluidos en ese plan parcial, yo, personalmente, me veo incluido de manera compleja, ya que, del total de mi propiedad, una parte es suelo urbano consolidado (con nave construida), y el resto, contiguo a la nave, entra dentro del mencionado plan parcial, impidiendome con ello, segregaciones, licencias de obras y cualquier otro documento que me permita mover algo el suelo restante a la finca.
La pregunta es: ¿Cuando expira el plan parcial, si a fecha de hoy aún no se ha realizado obra alguna, ni se espera se realice?.
Tengo en mi poder una copia del plan parcial, el cual dice, prohibir cualquier permiso durante tres años. ¿quiere decir esto que al cumplir ese plazo, el terreno vuelve a estar catalogado como anteriormente?