Necesitaría que alguien me explicase el tiempo mínimo de garantía de una máquina industrial que se instala en una empresa o negocio. Por lo que el cliente en este caso no sería un consumidor, y la máquina no sería un bien de consumo.
Suponiendo que la máquina sea para bricolaje, se aplica la ley 23/2003. Garantía de 2 años desde la venta (da lo mismo el tiempo de exposición o almacenaje). Como han pasado más de 6 meses, es el comprador quien debe probar el fallo, por lo que si la tienda no acepta sus pretensiones voluntariamente, deberá aportar algún informe que diga que el defecto viene de fábrica.
Y debería tenr también ticket de compra, porque el vendedor puede negar la venta.
Tu cliente no es consumidor; la maquinaria no es un bien de consumo; no se puede aplicar la ley 23/2003 ni ninguna otra legislación de protección de los consumidores. Debes tirar del Código Civil.
Mi cliente ha comprado una maquina de carpintería. Dicha maquinaría fue adquirida por el comercio en el año 2001.
El vendedor ( es decir, el comercio ) hasta el año 2004 tuvo la máquina en exposición.
Actualmente, esta máquina está dando problemas.
¿Se puede entender que en base a la Ley 23/2003, que el comprador le debe ofrecer una garantía de dos años a mi cliente, y que a fecha de hoy aún esta detro del período de garantia?
¿El fabricante tiene alguna responsabilidad, en relación con mi cliente?