Tengo contratada a una persona para el servicio domestico que ha obtenido su autorización de trabajo y residencia a través del procedimiento de arraigo. Ha sido un calvario, pero por fin se consiguio.
El caso es que, según lo que estipula el contrato que firmamos, “la duración es de una año y se extenderá desde el Otorgamiento de Autorización de trabajo y Residencia.”
El contrato esta firmado con fecha de 29 de Julio de 2008 y ella obtuvo su autorización de trabajo en el mes de Diciembre de 2008, y a partir de ese momento estoy recibiendo los cargos de la S.S.
Mi pregunta es: ¿Cuando comienza realmente a computar el año de duración del contrato: el día 29 de Julio del 2008 ò a partir del momento en el que recibe la autorización y empieza a cotizar, es decir en Diciembre de 2008?
¿Acaba su año de contrato en Julio de 2009 o en Noviembre de 2009?
empiesa a cotizar desde el dia de alta a la seguridad social cuando le aceptaron en la comisaria le pidieron el alta en la sugurida social q lo saco de la seguridad social firmando tu un papel q trabajaba solo para ti de empleada de hogar en el caso de q le fimen dos personas los cupones llega a nombre de la trabajadora pero cuando le firma uno solo como tu caso llegan klos cupones a tu nombre y se puede dar de baja cuando quieras