Cómo le ha dicho mi compañero , es necesario encontrar el banco adecuado .
Cláusulas cómo:
" La vigencia de la presente garantiía es por el plazo de un año , la cual será prorrogada si lo fuera el contrato garantizado y por la duración del mismo , siendo incrementada la cantidad avalada en igual porcentaje que el I.P.C ".
Son aceptadas por el banco Popular y en términos muy similares por el Santander.
Hola jemarte.Voy a intentar responder a sus preguntas por orden de aparición:
"1. Una vez vencido el aval ¿existen esos 30 dias de validez en los cuales se puede hacer efectivo?"
En la práctica cada banco exije unas condiciones y plazos de ejecución del aval.
"Si finalizado el contrato, el inquilino no devuelve las llaves y desea continuar con el alquiler y ante dicho incumplimiento ejecuto el aval e inicio un proceso de desaucio ¿podria considerarse que al haber cobrado el aval implicitamente estoy cobrando la renta y por tanto prorrogando el contrato?."
La respuesta a esa pregunta dependerá de la razón por la que el arrendatario continue en el uso de la vivienda.Vg Por entrar en juego el art 10 LAU 1994 o por expiración del término(duración) del contrato.
En el segundo caso usted podría ejecutar el aval e interponer demanda de desahucio por expiración del término convenido
"Para eviar este riesgo, se podria pedir que el aval fuese por 5 años y algo mas de tiempo, por ejemplo 6 o 9 meses, aunque la duración maxima del contrato sean 5 años."
Para ello deberá encontar un banco y un arrendatario que acepten dichas condiciones.
Hola, quiero alquilar una vivienda por años prorrogables y he pedido como garantia al arrendatario un aval bancario a primer requerimiento e indefinido pero el banco no quiere hacerlo indefinido y propone que sea por 5 años, alegando que una vez vencido hay 30 dias de validez para hacerlo efectivo, en caso de que al finalizar el contrato el arrendatario no devolviese las llaves o hubiera algun otro incumplimiento de sus obligaciones.
En este caso tengo las siguientes dudas:
1. Una vez vencido el aval ¿existen esos 30 dias de validez en los cuales se puede hacer efectivo?
2. Si finalizado el contrato, el inquilino no devuelve las llaves y desea continuar con el alquiler y ante dicho incumplimiento ejecuto el aval e inicio un proceso de desaucio ¿podria considerarse que al haber cobrado el aval implicitamente estoy cobrando la renta y por tanto prorrogando el contrato?.
3. Para eviar este riesgo, se podria pedir que el aval fuese por 5 años y algo mas de tiempo, por ejemplo 6 o 9 meses, aunque la duración maxima del contrato sean 5 años.
Gracias anticipadas por su respuesta y un cordial saludo.