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dueña del bloque pasa de sus obligaciones

2 Comentarios
 
Dueña del bloque pasa de sus obligaciones
12/07/2015 22:37
Buenas noches. No sé si alguien podría aconsejarme porque es un tema supongo que algo atípico.
Tengo un bar alquilado desde hace un año. La dueña del local es dueña también de todo el bloque de pisos. Es una señora de ochenta y pico años, usurera y con mala baba. Vamos, lo más parecido al Tío Gilito en versión femenina que he conocido.
Esta señora, por no pagar gestores, se empeña en llevar la administración de la finca por su propia cuenta. En lugar de dar la orden al banco para que cada día X del mes, se cobren el alquiler de los pisos y locales, lo que hace es ir ella al banco cada mes para realizar estas gestiones.
Hasta ahí bien , si no fuera porque la señora se pasa por la peineta los días de cobro que estipula el contrato. Si está de vacaciones dos meses, pues dos meses que no nos cobra. Si está mala dos semanas, pues en lugar de cobrarnos el día 7 nos cobra el 30. Y así llevamos todos los inquilinos un descontrol, que al final resulta de que todos debemos meses y pretende cobrarlos de golpe, amenazando con desahuciarlos.
Otro problema que hay es que pasa de cualquier obligación. Si se rompe una tubería y se inunda el piso, al final tienes que arreglártelo tú, porque la señora dice que no lo hace. Hay un escape de agua desde hace dos meses en el ático, que está incluso afectando a la vivienda del bloque colindante, y esta señora pasa hasta de los abogados.
Consideramos que esta señora, bien sea por edad o por pastismagic@gmail.com, no es capaz de atender a sus obligaciones, y me preguntaba qué puedo hacer. Como son pisos de alquiler, no hay junta de vecinos ni comunidad de propietarios ni administrador de fincas, ni presidente...es imposible acudir a alguien.
Qué podría hacer para obligarla a que me cobre cuando corresponde?. Puedo ingresar el alquiler en el juzgado por ejemplo?
La denunció por no atender las obligaciones de la finca?
Muchas gracias
12/07/2015 22:54
Perdonad, no sé editar los comentarios. El corrector me puso un e mail en el mensaje. Lo siento. Quería decir "pasotismo"
13/07/2015 09:30
Sí podría ingresar la renta del alquiler en depósito en el Juzgado, pero para ello yo le recomendaría que cada vez que se retrase la señora en el cobro de la mensualidad, le envíe burofax con acuse de recibo y certificado de contenido y con ello acuda al juzgado a depositar el dinero.

Por otra parte, en el contrato ¿qué forma de cobro/pago se estableció? ¿Que ella cargaba la cantidad o que ustedes tenían que hacer el pago en una determinada cuenta?

Respecto a las obras que se tienen que realizar, habrá que distinguir si son obligatorias del arrendador o del arrendatario, y para poder realizarlas ustedes mismos y poder recuperar después el dinero que se ha invertido, habría que seguir el mismo procedimiento: burofax comunicando la rotura, que es un asunto que corresponde al arrendado, plazo para arreglar y si no se atiende el requerimiento en ese tiempo, aviso de que se realizará por el arrendatario pero que posteriormente se reclamará el coste de la obra.

Un saludo,

AR.Abogada, Alicante
www.arabogada.es