Gracias Conde, lo que sucede es que anteriormente se podia hacer con cita previa, sin embargo (al menos en Madrid) me dijeron hoy en la comisaría de policia, que se habia eliminado la cita previa y que debia tramitarse OBLIGATORIAMENTE a través de Registro.
No quería, puesto que por registro se demora mucho más (es un paso burocrático más), pero ni modo.
Ahora bien, con respecto a lo de los medios economicos, me puedes aclarar la duda por favor? se debe tener 532€ x 12 meses o sólo demostrar que durante este año se ha recibido esa cantidad?
Yo no vivo en Madrid, sino en Barcelona. Aquí hay una oficina delegada de la Oficina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona, que está destinada a prórrogas de autorizaciones de estancia por estudios. Se debe solicitar cita previa en la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas , apartado EXTRANJERÍA:
http://www.seap.minhap.es/index.html
Tienen habilitada provincia por provincia y en cada una, están los trámites para los que se puede solicitar cita previa. Para aquí, para Barcelona, sí está activado las renovaciones de autorizaciones de estancia por estudios.
Pero, con todo, puedo decirle que la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (vigente y aplicable para todas las Administraciones Públicas, en TODO EL TERRITORIO ESPAÑOL Y PARA LAS EMBAJADAS Y CONSULADOS DE ESPAÑA ACREDITADOS EN EL EXTRANJERO,), establece lo siguiente:
"Art. 38.- Registros.-
(...)
4. Las solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos dirijan a los órganos de las Administraciones públicas podrán presentarse:
a. En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b. En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c. En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e. En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Mediante convenios de colaboración suscritos entre las Administraciones públicas se establecerán sistemas de intercomunicación y coordinación de registros que garanticen su compatibilidad informática, así como la transmisión telemática de los asientos registrales y de las solicitudes, escritos, comunicaciones y documentos que se presenten en cualquiera de los registros.
(...) "
Por tanto, cuenta con una base legal para presentar su solicitud en cualquiera de los Registros mencionados en la disposición.
Si, pero es ahora esta la UNICA via para presentar la renovación de estancia por estudios?
Lo pregunto porque según entiendo, por registro siempre las cosas van más lentas y tal y como dices, existe el riesgo de que puedan devolver el expediente porque falta algo. Las citas para presentarlo directamente en San Faustino, 23, simplemente ya NO existen?
La renovación se puede presentar en el Registro de la Delegación de Gobierno que está en la c/ García de Paredes, 65, sin cita previa. METRO Gregorio Marañón.
En ese Registro se encargarán de hacérselo llegar a las dependencias de San Faustino nº 23. Como ellos no van a comprobar que tu documentación es correcta asegúrate de que lo llevas todo correctamente para que, cuando llegue a las Oficinas de San Faustino no te lo devuelvan porque te falta algún documento.
En formulario EX00 dónde dice dirigido a: tienes que poner Delegación del Gobierno de la c/ San Faustino, 23 - MADRID
Tengo las siguientes dudas en relación a la renovación de estudiantes:
1) Según la documentación a aportar veo que la hoja informativa correspondiente, hace mención al punto de los medios económicos de la siguiente manera:
"Tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y
regreso a su país y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes
cuantías:
Para su sostenimiento, mensualmente, el 100 % del IPREM, que en este
año 2012 asciende a 532,51 euros"
Esto quiere decir que la persona al momento de presentar la solicitud de prorroga de estancia por estudios, debe tener en su cuenta el equivalente a 532,51€ x 12 meses ?
2) Al momento de pedir cita en la página http://www.mpt.es aparece que no hay citas disponibles. Al parecer lleva bastante tiempo asi, y en la página web colocan que desde Octubre de 2011 uno puede presentar la solicitud de renovación ante registro u oficina de correos, sin embargo, entiendo que esta via no es la más recomendable puesto que demoran mucho más.