Hola soy autonomo comerciante en R.E. me he metido en un local con idea de alquilarlo, pero me surge la diuda de si el iva del alquiler que voy a recibir lo tengo que tributar a parte o por el contrario como la actividad esta en R.E. lo tengo que meter como mayor venta y ya esta
Muchas gracias por atender mi cuestion
Los ingresos provenientes del arrendamiento de un inmueble destinado a local comercial, tienen un tratamiento distinto a los provenientes de tu actividad en Regimen de Equivalencia, por lo que deberas de liquidar al margen del IRPF trimestral de tu negocio el IVA trimestralmente del IVA percibido por el alquiler del local de negocio.