Tengo una duda sobre una actuación que ha realizado una entidad bancaria.
El tema es que una sociedad constructora (una SL) consigue unas hipotecas para la compra de unos terrenos, sin aval ni ningún otro tipo de garantía.
Va pagando religiosamente las cuotas, y como otras tantas, empieza a dejar de pagar por los problemas de sobras conocidos en el sector de la construcción.
El dueño de la empresa tiene a nivel personal unos ahorros (pongamos 300.000€) en una cuenta a nivel personal y que como he comentado no avala ni garantiza la operación hipotecaria.
El banco, al ver que la empresa no puede hacer frente a las cuotas, decide cobrárselas de la cuenta personal del dueño.
La duda que tengo es si la actuación del banco se ajusta a derecho, o si podemos reclamar la devolución de ese dinero ya que el dueño mantenía las cuentas totalmente separadas.
La empresa se ha tenido que cerrar, una vez el banco se ha quedado con los terrenos y le ha quitado a nivel personal todo ese dinero. Y ahora aun quieren reclamarle el pago de los terrenos.
En mi opinión totalmente incorrecto, no puede hacerlo; yo enviaría dos burofax(uno la central al departamento jurídico y otro a la sucursal que corresponda) reclamando el dinero y advirtiendo de que vais a ejercer acciones judiciales.