Hola a todos y gracias de antemano, por la labor realmente increible y altruista que realizais.
En un post antiguo, ya realicé una pregunta sobre este caso. Os lo recuerdo un momento, ya que tengo nuevas noticias y serias dudas, que, preguntadas a diferentes abogados, me han dado diferentes respuestas.
La Seguridad Social, me denego la Incapacidad Permanente en Junio de 2011, al realizar el recurso, también se me denegó. Igualmente la Seg Social me mantenía la baja.
Mi abogado presentó demanda para realizar juicio por el juzgado de lo social. En febrero el juzgado me concedió la invalidez permanente Total.
La pregunta es la siguiente:
Cuando la Seg Social (en Junio 2011), me denegó la Invalidez, mis lesiones eran:
Sindrome de Brugada (enfermedad cardíaca genética)
Transtorno de Ansiedad generalizada Grave con Agorafocia muy severa.
A partir de Septiembre de 2011 mi patología se agravó:
Síndrome de Brugada
Transtorno depresivo mayor grave con síntomas psicóticos
Además la Psicóloga y la Psiquiatra, recomiendan internamiento diario (de 9 a 17h) en hospital de día.
En la sentencia del Juzgado de lo Social, en el apartado de lesiones que acredita el demandante, sólo vienen las lesiones que yo tenía en el momento de la denegación de la incapacidad (en junio)
Es como si la juez, sólo hubiera juzgado, las lesiones que yo tenía hasta junio del 2011, sin juzgar el empeoramiento de los siguientes meses. Es esto así?
Es decir se juzgan sólo las enfermedades que tenía en el momento de la denegación de la incapacidad (junio 2011) y no se tienen en cuenta las patologías posteriores a la resolución de la Seg Social?
Ahora se ha presentado recurso al Tribunal Superior de Justicia.
La última pregunta en donde 2 profesionales me han dado respuestas diferentes,( y perdonad por la extensión del mensaje):
Como os he dicho, hemos presentado recurso al Tribunal Superior de Justicia.
Por su parte la Seg Social, que me siguió dando la baja, aunque me denegara la incapacidad, al llegar a los 18 meses, inició su propio expediente de incapacidad, y me ha concedido también la incapacidad Permanente Total.
Si ya tengo puesto el recurso al Tribunal Superior de Justicia por el juicio proveniente de la primera denegación de la incapacidad, , puedo presentar recurso, y si me lo deniegan, presentar demanda ante el Juzgado de lo Social, por la resolución que me ha realizado ahora la Seguridad Social?
Es compatible el recurso al tribunal superior con un nuevo juicio en el juzgado de lo social?
Espero haberme explicado bien, disculpadme si no ha sido así.
Si necesitais alguna aclaración, por favor, preguntarmela cuando os parezca conveniente.
en el juicio que has tenido, sólo se pudo debatir las lesiones que tenias has la fecha de la deneagacion por parte del INSS
Lo que no entiendo es por qué quieres reclamar ahora por la resolucion del INSS donde te han dado la IPT, salvo que fuera porque consideraras que mereces una IPA. Si así fuera, es decir estar disconforme con la IPT y querer una IPA por el agravamiento de tus lesiones, tienes perfecto derecho a reclamar primero administrativamente y despues en el juzgado de los social, dado que se trata de dos procesos totalmente independientes.
Gracias por tu contestacion archilla. Te lo agradezco mucho.
Mi Psicóloga y mi Psiquiatra creen que debido a la depresión mayor con sintomas sicoticos y a que estoy internado en hospital de dia psiquiatrico, todos los días, tengo que reclamar una Absoluta.
Estas nuevas patologías o agravamiento, fueron después de junio de 2011, con lo que no se juzgaron.
Me explique mal, perdona. El INSS no es que también me haya concedido la Incapacidad, sino que me ha enviado una carta dode expone que se cancela el expediente por duplicidad, ya que se ha reconocido una IPT por sentencia judicial.
Ahora realmente no se que hacer, para que se revise el agravamiento o la aparición de nuevas patologías.
Supongo que el recurso al Tribunal Superior de Justicia derivado del 1er proceso, tendrá también sólo en cuenta las pruebas hasta junio de 2011, no? En este caso tampoco valorarán el agravamiento o las nuevas patologías.
Sería buena idea recurrir la resolucion del INSS, donde se me indica que se cancela el expediente por duplicidad? No se si se podría argumentar que no quiero que se cancele el expediente, para que así se pueda valorar este agravamiento ocurrido después de junio.
Puedes hacer dos cosas:
- recurrir la resolucion del INSS donde te deniegan pension por duplicidad (ahora si lo he entendido) alegando que se deberia haber abierto un expediente para poder determinar el grado
- o bien pedir al INSS una revision por agrvamiento de tu actual pension (no sé si en la Sentencia te pusieron fecha) o tienes algun documento del INSS donde se hable de posible revison por agravamiento o mejoria
Sinceramente, todo lo que sea recurrir la primera sentencia va en determinadad tu estado real cuando se te reconoció la pension, con las lesiones que tuvieras a dicha fecha, nada más. El resto si ha habido un empeoramiento, como lo ha habido, deberá ser solicitado en un segundo proceso, como te he dicho más arriba.