Situación: Matrimonio residente en un pueblo de Bcn, viven de alquiler en piso propiedad de 1 hijo en común. El marido, jubilado, la mujer ama de casa. El marido hace 5 años , al morir su madre en Galicia, asume la tutoria legal de hermano de 58 años actuales, con un 44% de discapacidad intelectual, y se lo trae a vivir a Bcn con ellos.
Muy mala convivencia con él.Los SS llevan 4 años sin darles solución , no le ingresan en ningún centro ocupacional etc
Pregunta: Si el marido falleciera, este hermano discapacitado pasaria a ser responsabilidad del Estado? La mujer, o el hijo tendrian alguna obligación de hacerse cargo de él? El hermano discapacitado al estar empadronado en dicho piso tendría algún derecho sobre el mismo? Podrian vender el piso?
Ni la mujer ni el hijo quieren hacerse cargo de este familiar.
Gravias por la ayuda!