Tengo un poco de lío con este nuevo procedimiento. La semana que viene tengo el primero y no acabo de tener claro los aspectos relativos a la proposición de prueba.
Actúo como demandado, y mi cuestión es si puedo proponer alguna prueba más allá de la solicitada en el escrito de contestación (principalmente testifical), ya que tengo entendido que se asemeja un poco a la Audiencia Previa del procedimiento ordinario.
Por otro lado, si la parte demandante ha aportado un informe pericial al escrito de demanda y nadie ha solicitado su interrogatorio, ¿debe acudir dicho perito a la vista por si se solicita su interrogatorio (o lo estimase el juez)?
Gracias por las posibles respuestas.