Hola a todos. Hace poco compre una vivienda con el contrato a mi nopmbre y estoy pagando yo solo unas cantidas pactadas con el promotor hasta la firma escritura y el resto a hipoteca. Si hago la escritura a mi nombre y despues me caso, ¿que derechos tendria mi novia sobre la vivienda?; Si me caso antes de la escritura y lo ponemos a nombre de los dos, ¿ Como puedo asegurar las cantidads puestas antes por mi, si la cosa saliera mal?; ¿Podria en la escritura estar a nombre de los dos sin estar casados, sin que ella hubiera aportado nada antes y poder constar lo que yo aporte primero para asgurarme lo mio si sale mal la cosa? Si ella empezar a poner cantidads ahora, ¿tendriamos que volver a hacer un nuevo contrato? Gracias y espero haberme explicado bien
Hola Ian, voy a tratar de responderte en la medida en que yo sepa.
El código civil establece que los bienes comprados a plazos por uno de los cónyuges antes de comenzar la sociedad (matrimonio), tendrán siempre carácter privativo, aun cuando la totalidad o parte del precio aplazado se satisfaga con dinero ganancial.
Sin embargo el mismo art. establece como excepción la vivienda y el ajuar familiar, en cuyo caso si la vivienda se adquiere con dinero privativo y ganancial, corresponderá en proindiviso a uno u otro en proporción a sus respectivas aportaciones.
Entiendo, por lo que cuentas que el regimen para vuestro matrimonio quereis que sea el de gananciales y no el de separación de bienes, siendo así correspondería lo mencionado anteriormente y no tiene porque existir problema alguno para que conste también ella en la escritura como cotitular aunque no haya aportado nada hasta la fecha. A veces también sucede que antes de escriturar el comprador lo vende a un 3º, siempre que no exista clausula que lo prohiba, y tampoco pasa nada y si no es cuestión de dinero.
Otra opción sería la separación de bienes y que tú continuases abonando dichas cantidades a titulo privativo. Pero, por otro lado, si va mal el matrimonio y teneis hijos.... la casa se la puede quedar ella si no tiene otra donde vivir y le conceden la guarda y custodia....
En fin, es mejor vivir el presente y no pensar en si saliese mal el matrimonio.
En ocasiones para no tener problemas de dinero, lo mejor es no tener nada.
Suponiendo que tenéis unos ingresos parecidos, si os casáis por gananciales antes de escriturar, la vivienda será ganancial. Lo aportado antes se considera dinero privativo tuyo (guardar los justificantes de bancos), la otra parte también puede aportar dinero privativo (es como el dinero procedente de de donaciones, herencias o ahorros), que sería tenido en cuenta en el supuesto de disolución de la sociedad de gananciales y para poder disponer de él por testamento.
Si os casáis con separación de bienes, puede pagar la casa uno sólo y haber un único propietario.