¿Donde se ha de hacer efectivo el pago de la suma adeudada por el esposo a la esposa como consecuencia de la liquidación de gananciales?
¿Ha de depositarse en la cuenta de depósitos y consignaciones del juzgado o bien ingresarse directamente en la cuenta bancaria particular de la acreedora?
Y lo que hago es ingresarla en la cuenta de consignaciones del Juzgado, así queda más constancia para mi gusto.
Pero en principio da igual ingresarlo en un sitio u otro.
Eso sí presenta escrito en el Juzgado acompañando copia del justificante de ingreso.