Normalmente los convenios colectivos establecen con sus clasificaciones el grado de cualificación o no de las categorías. Pues bien, dependiendo de la fijación que las partes hayan convenio en el contrato, se entenderá la cualificación o no de esa categoría. A modo general no debe tener la misma cualificación un ordenanza o un auxiliar, que una oficialía.
Existe sin embargo un índice generalizado que queda establecido por los grupos de cotización y que se pactan también en el propio contrato, y todo lo que esté fuera del grupo décimo, ya exige una cualificación determinada, pero te repito, que podrá ser más precisada en el propio convenio.
alguien me podría aclarar cuándo una persona es cualificada y cuándo no cualificada
vereis, hice un contrato a una chica como auxiliar administrativo de nivel 3 y ahora la quieren despedir, para lo cual no tengo muy claro cual es su periodo de prueba porque el convenio me dice personal cualificado un mes y personal no cualificado 15 días, es el convenio de oficinas y despachos