Si ya has aportado la carta de sanción en la demanda no hace falta que lo vuelvas a hacer, pero lo puedes hacer si quieres, realmente da igual lo que elijas, quien realmente tiene aquí la carga de la prueba es la empresa que tiene que probar que los hechos que alegan en la sancion son reales. Lo que podrías hacer en este caso para decir algo en esta fase es aportar sentencias a efectos ilustrativos que desmonte el escrito de la empresa.
En fase de conclusiones puedes valorar la prueba como creas según se haya desarrollado el juicio, puedes valorarlo en conjunto y decir que las pruebas que aporta la empresa no tiene fuerza suficiente para probar lo que ellos alegan, pero también puede que te sirva hacerlo por separado, si por ejemplo te presentan un testigo con un interés directo en la resolución de esta sentencia. Eso seguro que lo verás sobre la marcha.
Si necesitas alguna ayuda puedes escribirme al siguiente correo ***** Si me envías la carta de sanción te puedo dar ideas sobre las sentencias que puedes aportar a efectos ilustrativos en la fase de prueba.
Para las conclusiones, estoy barajando varios supuestos, pero todo depende el momento y quien lleve la empresa para testificar y qué testifiquen, evidentemente, la verdad que poco más pueden decir, ya que lo dicho está en la carta de sanción y eso no tiene peso la verdad. Otra duda sería si a la hora de concluir voy valorando la prueba en general según valore, o tengo que hacerlo separando documental, testifical, etc. Saludos
Hola. Seguro que algunos del foro conocen mi caso. Soy demandante para impugnación de sanción disciplinaria para el juzgado de lo social. Estoy preparando la vista oral y sólo tengo una pequeña duda para cuando me pregunten qué pruebas deseo aportar. Con la demanda adjunté la carta de sanción como prueba documental porque mi demanda básicamente versa en desmontar punto por punto dicha carta. Además, para no entrar en muchos detalles, me sancionan por falta grave y 60 días sin empleo y sueldo por un hecho reciente pero lo valoran conjuntamente con hechos y sanciones de hace casi 4 años, entre otras cosas, una sanción de 10 días y otra de 40 días de hace 3 años y medio... Básicamente la carta de sanción es un relato de todos mis antecedentes laborales y citan como digo, sanciones de hace casi 4 años y dicen al final que con el hecho último "reincido en ese comportamiento" y por lo tanto me sancionan con 60 días. Esto lo veo como una clara vulneración del principio non bis in idem, sobretodo porque el hecho reciente que motiva la sanción no justificaría por sí solo 60 días (de hecho no sería ni sancionable) y se valoran con los antecedentes míos como trabajador, a todas luces prescritos a efectos de reincidencia.
Dicho esto, a la hora que me pidan aportar pruebas tengo la duda si se menciona el documento adjunto que ya aporté en la demanda o al haber sido ya aportado no es necesario citarlo. Ejemplo: yo había pensado decir algo así "Con la venia Señoría, como prueba documental aporto la carta de sanción presentada como documento adjunto con el escrito de mi demanda, para que el tribunal pueda revisarlo y valorarlo conjuntamente con la demanda. No deseo aportar más pruebas".
Si algún entendido ve bien la manera de expresarlo que me lo diga, si hay que corregir o quitar algo, también.