Gracias de nuevo, pero parece que no me explico bien o tu no has leído el hilo desde el principio. Perdona que te molestre tanto, pero si vuelves a releer lo escrito quizás entiendas lo que quiero decir. O sea, no me refiero a la situación actual, pues eso ya lo se, sino a épocas anteriores. Me explico: En épocas anterirores, (en los años 80 y los 90) los ciudadanos ingleses no podían residir ni trabajar libremente en España, ni los españoles tampoco podíamos hacer lo mismo en Inglaterra. Pero a partir de una fecha determinada se establecieron unos acuerdos para que los ciudadanos de Inglaterra pudieran residir y trabajar libremente en España y viceversa.
Lo que yo pregunto, entonces, es ¿Qué fecha fue ésa y a raiz de qué Tratado?. Ya dije antes que esto me parece que ocurrió a partir de 2001 y gracias al tratado de Niza, pero no estoy seguro.
Luego mi pregunta es ésa: Si alguien me puede confirmar lo que yo creo, y si antes de esa fecha, es decir, si antes de que se celebrase el tratado de Niza en 2001, podían residir y trabajar líbremente.
Pues para Inglaterra desde el momento en que entre.
Igual le piden en algún trabajo el número de NIE, si es asi puede ir a la comisaria de policía de su zona (en Barcelona: paseo juan de borbon 32) y solicitar una asignación de NIE. Con eso es suficiente para trabajar y residir. No es necesario ni siquiera sacar la tarjeta de comunitario, puesto que con su pasaporte y ese número es suficiente, pero normalmente los comunitarios la piden pues es mucho más comodo andar con la tarjeta que con el pasaporte.
Puede trabajar y residir libremente, con tan solo su pasaporte o dni de su pais. No obstante, es mucho más cómodo que se saque la tarjeta NIE pues en bancos o similares la piden para operar.
¿A qué país pertenece tu pareja? Hay que tener en cuenta que existen determinados países que por su entrada en la UE no permite a sus nacionales trabajar en España desde dicha entrada sino que se aplaza el plazo para poder trabajar hasta la fecha impuesta por el Gobierno (vease Polonia hasta Mayo si no recuerdo mal del 2006 sus nacionales podían residir pero no trabajar en España)
Buenos días a todos, ya expuse esta duda en el foro de extranjería pero nadie me contesta.
Por favor, alguien podría confirmar desde cuándo puede, un ciudadano comunitario, residir libremente y trabajar legalmente en España, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena? Es decir, sin necesidad de que tenga permiso de residencia ni de trabajo. Yo tengo entendido que desde el año 2001 y a raiz del Tratado de Niza.