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duda sobre fin de contrato eventual

3 Comentarios
 
Duda sobre fin de contrato eventual
10/12/2004 14:45
Se venció mi contrato que era eventual por 6 meses, estando en condicion de IT(aun lo estoy), la empresa solo me hizo una llamada y dijo q no renovarian ... una amiga me dijo que si no lo hicieron de manera expresa, por escrito, se entiende que se ha prorrogado el contrato de manera tácita, esto es cierto?
Tengo esta duda pq aun no cobro la liquidación , asi que quiero estar segura de lo que hago
10/12/2004 18:40
Hola.

¿No te han avisado de la no renovacion.? ¿cual es el motivo por el que tengan que hacerlo por escrito.? El que no se haga paor escrito no impliqca que tenga que renovarse el contrato, maxime si te han comunicado su finalizacion y no renovacion. Llegado el vencimiento, te deberan finiquitar. si llegado ese vencimiento sigues trabajando, entonces si se considra porrorgado hasta el tope maximo y si estuvieses en éste, se convertiría en indefinido.

Saludos.
10/12/2004 21:22
Gracias Ninfa por la respuesta que me diste , bueno al finalizar el contrato no estaba trabajando pq estaba en condición de IT.
11/12/2004 12:50

Hola a todos;

En mi opinión, no era necesario que te hubiesen preavisado de la finalización del contrato.

El art. 49 del ET establece que "Los contratos de duración determinada que tengan plazo máximo de duración, incluidos los contratos en prácticas y de aprendizaje, concertados por una duración inferior a la máxima legalmente establecida, se entenderán prorrogados automáticamente hasta dicho plazo cuando no medie denuncia o prorroga expresa y EL TRABAJADOR CONTINUE PRESTANDO SERVICIOS.

Expirada dicha duración máxima o realizada la obra o servicio objeto del contrato, si no hubiera denuncia y EL TRABAJADOR CONTINUARA EN LA PRESTACIÓN LABORAL, el contrato se considerará prorrogado tácitamente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación".

Por tanto, para que exista una prorroga tácita del contrato se requiere que halla una prestación efectiva de trabajo por parte del trabajador en la fecha de expiración del mismo, y la ausencia de preaviso por parte del empresario. En tu caso, si bien no hubo preaviso por parte de la empresa, faltó el requisito de la prestación efectiva de trabajo puesto que estabas en IT.

Resumiendo, no era necesario que el empresario te preavisase.

Saludos.